Marcelo Corazza fue detenido esta mañana es una serie de allanamientos realizados en medio de una investigación por "corrupción de menores" que comenzó en octubre del 2022. El delito por el que se lo acusa prevé una pena de hasta 20 años de cárcel.
El hecho ocurrió luego de que el personal de la División Trata de Personas de la Ciudad de Buenos Aires realizará seis allanamientos. Durante los operativos, detuvieron a cuatro personas, entre las que se encuentra el ganador de la primera edición del reality de Telefe.
Además, entre los sospechosos se encuentra el presunto líder la organización que "prostituye" a chicos de entre 11 y 14 años. También se incautaron elementos que serán investigados, tras una solicitud elevada por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Número 48.
Los allanamientos se realizaron en: Carlos Pellegrini al 500, España al 400 y Bernardo de Irigoyen al 500 (General Rodríguez), Entre Ríos al 500 (General Pacheco), Montes de Oca al 300 (Tigre) y Ralph Haupt al 1700 (Oberá, provincia de Misiones).

Qué es corrupción de menores, el delito del que se acusa a Marcelo Corazza
La causa por "corrupción de menores" está a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°48, a cargo de Javier Sánchez Sarmiento. Los detenidos fueron alojados en calidad de "incomunicados" por orden de la Justicia y debían ser indagados en las próximas horas.
El delito de corrupción de menores es "es pervertir o seducir a personas menores de 18 años. Se trata de actos que alteran el desarrollo normal de la sexualidad. No importa si la persona menor de edad dio su consentimiento", señala el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
Este hecho se "agrava" si la persona es menor de 13 años y en los casos donde se compruebe "engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier tipo de intimidación"; o si "el autor es familiar, cónyuge, persona conviviente o encargada de la educación del menor".

¿Cuántos años podría ir preso Marcelo Corazza si se comprueba su culpabilidad?
La Ley N° 25.087 de Delitos contra la Integridad Sexual prevé las siguientes penas en su artículo 119.
-Si el presunto "abuso sexual" se cometió en personas menores de 13 años o cuando "mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción" se aplicará la pena de cárcel de seis meses a cuatro años.
-Pena de cuatro a diez años cuando el abuso por "su duración o circunstancias de su realización, hubiere configurado un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima".
-De seis a 15 años de prisión cuando "hubiere acceso carnal por vía anal, vaginal u oral o realizare otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías".
-Pena de ocho a 20 años (teniendo en cuenta los anteriores dos párrafos citados) si:
- "Resultare un grave daño en la salud física o mental de la víctima".
- "El hecho fuere cometido por ascendiente, descendiente, afín en línea recta, hermano, tutor, curador, ministro de algún culto reconocido o no, encargado de la educación o de la guarda".
- "El autor tuviere conocimiento de ser portador de una enfermedad de transmisión sexual grave, y hubiere existido peligro de contagio".
- "El hecho fuere cometido por dos o más personas, o con armas".
- "El hecho fuere cometido por personal perteneciente a las fuerzas policiales o de seguridad, en ocasión de sus funciones".
- "El hecho fuere cometido contra un menor de dieciocho (18) años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo".













