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Dejar el monotributo es un trámite habitual para quienes cambian de actividad, pasan a otro régimen o simplemente ya no trabajan de forma independiente. En Argentina, el proceso se realiza de manera online a través del sitio de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el organismo que reemplazó a la AFIP.

Aunque el procedimiento es digital y relativamente simple, es importante completar cada paso correctamente para evitar deudas o inconvenientes posteriores.

Paso a paso para solicitar la baja

El trámite se realiza con CUIT y Clave Fiscal desde la web oficial:

  • Ingresar al portal de ARCA e iniciar sesión.
  • Acceder al servicio “Monotributo”.
  • Dentro del menú, elegir la opción “Modificación y baja”.
  • Seleccionar “Darse de baja del Monotributo”.
  • Indicar el período (mes y año desde el cual se solicita la baja).
  • Elegir el motivo correspondiente.
  • Confirmar la operación en el Registro Único Tributario (RUT).
  • Descargar la constancia una vez finalizado el proceso.

El sistema solicita especificar la razón, y cada opción tiene implicancias diferentes:

  • Cese de actividades: corresponde cuando se deja de trabajar de forma independiente. Permite volver a inscribirse sin restricciones si se retoma la actividad.
  • Renuncia: se utiliza generalmente al pasar al régimen general. En este caso, no se podrá regresar al monotributo durante los siguientes tres años.
  • Exclusión: se produce cuando se superan los límites establecidos por el régimen.

Qué tener en cuenta antes de iniciar el trámite

Antes de avanzar con la baja, hay algunos puntos clave:

  • El mes en curso debe estar pago, ya que la baja impacta a partir del período siguiente.
  • Si no se cuenta con Monotributo Unificado, también es necesario gestionar la baja en Ingresos Brutos ante la agencia provincial correspondiente.
  • Al finalizar el trámite, se interrumpen los aportes jubilatorios y de obra social vinculados al régimen.

En caso de necesitar una baja con fecha anterior, el pedido debe realizarse mediante el servicio de “Presentaciones Digitales”, adjuntando documentación que respalde el cese de actividad.

Monotributo: escalas y cuotas vigentes en abril de 2026

Para quienes analizan su situación antes de tomar una decisión, estas son las categorías actuales con sus límites de facturación anual y valores mensuales:

  • Categoría A: hasta $ 10.277.988,13 – $ 42.386,74
  • Categoría B: hasta $ 15.058.447,71 – $ 48.250,78
  • Categoría C: hasta $ 21.113.696,52 – $ 56.501,85 (servicios) / $ 55.227,06 (bienes)
  • Categoría D: hasta $ 26.212.853,42 – $ 72.414,10 (servicios) / $ 70.661,26 (bienes)
  • Categoría E: hasta $ 30.833.964,37 – $ 102.537,97 (servicios) / $ 92.658,35 (bienes)
  • Categoría F: hasta $ 38.642.048,36 – $ 129.045,32 (servicios) / $ 111.198,27 (bienes)
  • Categoría G: hasta $ 46.211.109,37 – $ 197.108,23 (servicios) / $ 135.918,34 (bienes)
  • Categoría H: hasta $ 70.113.407,33 – $ 447.346,93 (servicios) / $ 272.063,40 (bienes)
  • Categoría I: hasta $ 78.479.211,62 – $ 824.802,26 (servicios) / $ 406.512,05 (bienes)
  • Categoría J: hasta $ 89.872.640,30 – $ 999.007,65 (servicios) / $ 497.059,41 (bienes)
  • Categoría K: hasta $ 108.357.084,05 – $ 1.381.687,90 (servicios) / $ 600.879,51 (bienes)

Realizar este trámite de forma ordenada permite cerrar una etapa sin complicaciones y mantener la situación fiscal al día, algo clave para evitar problemas futuros.