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La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) modificó los requisitos para obtener y renovar la licencia de conducir. Ahora, permitirá que personas con ciertas afecciones corporales puedan acceder al registro para vehículos de uso particular, siempre que cumplan con las adaptaciones específicas en el vehículo.
La medida se dio a partir de la Disposición 300/2025 que actualizó la normativa del Sistema Nacional de Licencias de Conducir. También se modificó el Anexo I de la Disposición 207/2009, que define el examen psicofísico obligatorio para quienes tramitan o renuevan su registro en todo el país.
¿Cuáles son los nuevos requisitos para renovar la licencia de conducir?
Uno de los puntos centrales de la nueva normativa es la reincorporación de criterios de aptitud psicofísica para personas con anacusia o hipoacusia severa bilateral, que habían sido contemplados en regulaciones anteriores y que ahora vuelven a tener validez en el sistema nacional.
Según el nuevo esquema, estas personas podrán obtener licencias de las clases B y G, siempre que el vehículo cuente con ambos espejos retrovisores laterales y un espejo retrovisor panorámico o adaptado, diseñado para ampliar el campo visual y compensar la ausencia de audición.
Desde la ANSV explicaron que la aptitud para conducir no debe evaluarse únicamente desde la capacidad auditiva, sino desde la idoneidad funcional del conductor. La agencia remarcó que los estudios técnicos señalan que las personas con anacusia desarrollan una mayor capacidad visual y atencional, lo que les permite captar información relevante del entorno vial de manera eficiente.
Sin embargo, y a pesar de los nuevos cambios, todavía se mantiene la prohibición para la Clase A (motovehículos) en los casos de hipoacusia severa o anacusia, debido a las condiciones particulares de exposición y riesgo que implica la conducción de este tipo de vehículos.
¿Cómo será el nuevo examen para obtener la licencia de conducir?
Además de los cambios auditivos, la disposición incorpora correcciones formales en los requisitos médicos del examen psicofísico, subsanando errores materiales detectados en la normativa vigente.
En ese sentido, se estableció que el electrocardiograma (ECG) con informe será obligatorio para todos los solicitantes, sin distinción, eliminando la restricción previa que lo exigía solo para ingresantes o personas con antecedentes.
Por otro lado, se aclaró que el electroencefalograma (EEG) deberá solicitarse únicamente a ingresantes o personas con antecedentes médicos, corrigiendo una redacción que había generado confusión en los centros de emisión de licencias.
Desde la ANSV remarcaron que estas modificaciones buscan unificar criterios en todo el país, garantizar mayor equidad en el acceso a la licencia de conducir y reforzar la seguridad vial, sin excluir a personas por condiciones que no implican un riesgo real en la conducción.
La disposición ya se encuentra vigente y deberá ser aplicada por todas las jurisdicciones adheridas al Sistema Nacional de Licencias de Conducir, impactando tanto en nuevos trámites como en renovaciones, y marcando un avance en materia de inclusión y actualización normativa dentro del sistema de tránsito argentino.