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Además de cumplir con sus obligaciones tributarias, las personas que se encuentren adheridas al Monotributo deben acatar una serie de normas establecidas por ARCA para mantenerse en regla y evitar ser excluidas.
En este sentido, existe una razón relacionada con los gastos por la que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puede determinar la baja por exclusión del régimen simplificado.
ARCA puede excluir a una persona del Monotributo por este motivo
Cuando se produce el alta del Monotributo, cada contribuyente se adhiere en una categoría que marcará, entre otras cosas, el monto a pagar por mes y los topes de facturación anual.
En este aspecto, ARCA podrá determinar la exclusión del monotributo de quienes adquieran bienes o realicen gastos, de índole personal, por un valor incompatible con los ingresos declarados y no se encuentren debidamente justificados, según detalló el organismo.
Exclusión del monotributo: por qué se puede dar
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que el organismo puede determinar la exclusión de un contribuyente del Monotributo si se incumple alguna de las normativas establecidas.
Por su parte, la baja del Monotributo por exclusión se produce cuando ocurre una de estas cuestiones:
- La suma de los ingresos brutos excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible.
- La superficie o costo de alquiler superan los máximos establecidos por la categoría máxima disponible.
- El precio unitario de venta supera el máximo límite.
- Adquieran bienes o realicen gastos, de índole personal, por un valor incompatible con los ingresos declarados y no se encuentren debidamente justificados.
- Los depósitos bancarios resulten incompatibles con los ingresos declarados a los fines de su categorización.
- Hayan realizado importaciones de bienes o servicios para su comercialización posterior.
- Desarrollen de más de 3 actividades simultáneas o posesión de más de 3 unidades de explotación.
- Se hubieran categorizado como venta de productos cuando se prestan servicios.
- Las operaciones no se encuentren debidamente facturadas.
- El valor de las compras más los gastos del desarrollo de la actividad suman igual o más del 80%, en el caso de venta de bienes, o más del 40% cuando se trate de locaciones, prestación de servicios y/o ejecución de obras, de los valores máximos de ingresos brutos anuales para la categoría K.
- Estuvieran incluidos en el registro público de empleadores con sanciones laborales (REPSAL).
¿Qué pasa cuando ARCA excluye a un monotributista?
Si esto sucede, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero estableció que aquellos contribuyentes que fueran debidamente excluidos podrán adherirse por una única vez sin tener que esperar 3 años para volver a darse de alta en el Monotributo.
Cuánto paga cada categoría del Monotributo
Actualmente, cada una de las categorías del Monotributo tendrán los siguientes importes correspondientes a la cuota mensual:
- Categoría A: $37.085,74 (servicios y bienes)
- Categoría B: $42.216,41 (servicios y bienes)
- Categoría C: $49.435,58 (servicios) / $48.320,22 (bienes)
- Categoría D: $63.357,80 (servicios) / $61.824,18 (bienes)
- Categoría E: $89.714,31 (servicios) / $81.070,26 (bienes)
- Categoría F: $112.906,59 (servicios) / $97.291,54 (bienes)
- Categoría G: $172.457,38 (servicios) / $118.920,05 (bienes)
- Categoría H: $391.400,62 (servicios) / $238.038,48 (bienes)
- Categoría I: $721.650,46 (servicios) / $355.672,64 (bienes)
- Categoría J: $874.069,29 (servicios) / $434.895,92 (bienes)
- Categoría K: $1.208.890,60 (servicios) / $525.732,01 (bienes)