Aunque es comprensible que el tremendo dolor que lo agobia así como el shock mediático y el titánico esfuerzo que la Cruzada Axel le exige le impidan reflexionar en profundidad, el ingeniero Blumberg no se ha percatado que algunas de sus propuestas legislativas, aunque ninguna errada, son superficiales y resultan insuficientes para solucionar el gravísimo problema de inseguridad que padecemos.
Al proponer la no excarcelación para quienes porten armas sin permiso para hacerlo, olvida que –como, prácticamente, todos y cada uno de los casos ocurridos en los últimos treinta años documentan– quienes planificaron, organizaron, supervisaron y ejecutaron los secuestros o les otorgaron cobertura o zona liberada, fueron, en actividad o en situación de retiro, de mayor o menor jerarquía, de ésta o de aquella institución, individuos autorizados por ley a la portación de armas.
De ahí que, además de reprimir con mayor severidad a quienes porten armas sin autorización, se impone reducir y limitar la cantidad de personas a las que la ley autoriza a hacerlo.
Aún cuando escapan a mi comprensión los motivos por los que el personal retirado de las Fuerzas Armadas, de seguridad y de distintas policías además de otras reparticiones nacionales y provinciales cuenta con tal autorización, seguramente al momento de dictarse las leyes pertinentes hayan existido razones que lo justificaran. Hoy por hoy esta ratio legis no sólo ha desaparecido, sino que cualquier análisis nos indica cuán nefastas han sido sus consecuencias.
Constantemente los medios nos informan no sólo de delitos cometidos por integrantes de estas instituciones en los que se utiliza el armamento reglamentario cuya portación les permite la ley, sino también de sus muertes fortuitas en hechos delictivos, sea porque al estar armados se creyeron obligados a intervenir para frustrar un asalto o porque fueron fusilados por criminales al descubrirlos armados.
Ello por no hablar de los numerosos homicidios no premeditados en discusiones familiares, disputas vecinales, choques de automóviles, borracheras y otras circunstancias domésticas que de no haber habido armas reglamentarias disponibles –legalmente autorizadas– se hubieran evitado.
También carece de sentido la portación o tenencia de armas por parte de quienes, aún en actividad, no prestan servicios que requieran el uso de armamento. Ni el personal de oficina, ni la policía de tránsito –y estos ejemplos no son taxativos–, debería estar armado. Y tampoco deberían portar armas aquellos autorizados para hacerlo cuando se encuentran fuera de servicio. Disminuir la cantidad de armas reglamentarias en la calle así como un control serio y constante de la ubicación de cada una, reduciría drásticamente uno de los principales canales de aprovisionamiento del mercado negro, para venta y alquiler, que son las robadas o extraviadas (con o sin la complicidad del portador autorizado) de instituciones oficiales.
En concreto, y complementando la propuesta del ingeniero Blumberg sobre este punto, sugiero:
Derogar las leyes que permiten la tenencia y portación de armas a los integrantes de las fuerzas armadas, de seguridad, policiales, en situación de retiro.
Restringir el permiso de tenencia y portación de armas, así como su dotación por parte de la fuerza, al personal en actividad al que sea estrictamente necesario autorizar debido a las funciones operativas que cumple.
Reglamentar que el personal en actividad cuyas funciones requiera la tenencia y/o portación de armas, sólo pueda hacerlo cuando se encuentra prestando servicios.
Que el inventario y registro de retiro y devolución de armas en todas las unidades y dependencias sea manejado por compañías privadas e independientes.
Que las denuncias por hurto, robo y/o extravío de armas, tanto por parte de funcionarios como de ciudadanos particulares, deban realizarse ante un nuevo organismo, administrado por compañías privadas, independientes y debidamente calificadas (auditoras, consultoras, empresas de sistemas).
Estas medidas, que no resultan perjudiciales para nadie ni son contrarias a ninguna garantía constitucional, tendrían un inmediato beneficio directo en la reducción de homicidios y otros delitos perpetrados por tenedores y portadores de armas reglamentarias, así como en la tasa de asesinatos y accidentes, y del mercado negro de armamento.