Originalmente el asesoramiento en materia de marcas y patentes era entendido como una actuación meramente registral, prestada por agentes de propiedad industrial que no necesariamente eran abogados. Sin embargo, la complejidad que fue adquiriendo el tema dio lugar a que sin que el título de abogado sea exigible, exista una mayor y creciente participación de letrados en la materia.

Así surgieron boutiques especializadas, que en una etapa posterior sirvieron de base para la construcción de importantes firmas full service –como Marval O’ Farell & Mairal– o que fueron incorporadas a big firms, con cierto grado de autonomía como en Pagbam o plenamente integradas a la estructura principal. Y aquellos grandes estudios que no se aliaron ni absorbieron firmas marcarias, han desarrollado sus propios departamentos de Propiedad Intelectual.

Con todo, pareciera que estamos tratando acerca de una especialidad muy diferente del resto. “La razón de una especialidad tan marcada es que se necesita una infraestructura muy importante para llevar adelante esta práctica de manera eficiente , afirma Jorge Otamendi, socio del centenario estudio marcario G Breuer, considerado por sus colegas como el indiscutible número uno. Fernando Noetinger, name partner de Noetinger & Armando, coincide con él, aclarando que un estudio de este tipo necesita muchos empleados y mueve mucho papel. Y agrega otro rasgo distintivo: su internacionalización. “Como las leyes de los diferentes países tienen patrones comunes, hablamos todos un mismo idioma , sostiene. A su turno, Marcelo García Sellart, de Allende & Brea, señala que la mayor diferencia radica en que la propiedad industrial hace foco en

la protección de la innovación. “Y teniendo en cuenta que los temas son muy diversos, presenta facetas vinculadas a otras ramas del Derecho , indica.

Se suma al debate Bernard Malone, socio de Baker & Mc Kenzie, para recordar un punto que considera esencial: se trata de una materia que hasta hace muy poco no era estudiada en ninguna universidad. Y confiesa que, como abogado de marcas y patentes, muchas veces se siente incomprendido. “Los abogados generalistas no nos entienden: no entienden cómo facturamos ni cómo nos relacionamos con los abogados de la contraparte , declama.

Y sin darse cuenta, metió el dedo en la llaga. Es que quienes no pertenecen a este selecto grupo, afirman que hay un pacto secreto entre ellos, por el cual no se acusan la caducidad de instancia ni la negligencia en la producción de la prueba. Y no miran con buenos ojos ese proceder. “No existe ningún código privado, solamente un trato más respetuoso ya que al ser pocos nos conocemos todos , observa Carlos María Gallo, socio de Pagbam. Un poco más jugado, Malone hace mención a la buena fe con que actúan, originada en una camaradería adquirida en viajes a conferencias, seminarios y reuniones anuales. “Además nuestros clientes normalmente van a preferir una instancia y actitud negociadora , concluye.

En cambio, Gustavo Giay, socio de Marval, O’Farrell y Mairal, la mega firma que naciera en 1923 como un estudio exclusivamente dedicado a la propiedad industrial e intelectual, no tiene reparos en admitir la existencia del pacto. Explica que hace cerca de dos décadas hubo un acuerdo tácito entre los abogados de marcas por el cual se comprometieron a no utilizar herramientas procesales para dilatar los juicios. Sin embargo, la incorporación de ciertas novedades como la mediación prejudicial obligatoria en 1996, hizo necesaria un par de años después una reunión a fin de renovar y consolidar el acuerdo. “Nos juntamos y actualizamos el pacto, con el objetivo de establecer ciertas pautas de conducta que creemos que benefician a todos, incluyendo clientes, funcionarios del INPI y del Poder Judicial , detalla, aclarando que su objetivo es simplificar los trámites y obtener mayor rapidez en la resolución de conflictos. “Claro que ninguna de estas reglas debe aplicarse en desmedro de los intereses del cliente que representamos , concluye.

En la misma vereda se ubica Otamendi, que afirma que las cuestiones en materia marcaria o de patentes rara vez se resuelven por cuestiones procesales, por lo que el convenio no escrito trata de evitar dilatar cuestiones procesales inútiles. “Nos regimos más por una relación de buena fe, que si existiera en todas las ramas del Derecho distinta sería la marcha de la Justicia , proclama. Claro que no todos los abogados de marcas adhieren a este pacto. “Hay ciertas categorías de estudios y no es el mismo trato con todos , grafica Noetinger. Sin embargo, Giay aclara que el pacto está abierto a todos aquellos que quieran comprometerse a ejercer la profesión de acuerdo a las buenas prácticas.

Pero independientemente del empeño puesto por todos para evitar que los casos lleguen a la Justicia, todos coinciden en que en la Argentina no hubo un boom de IP litigation (litigio sobre Propiedad Intelectual) como el sufrido por Estados Unidos durante los 90. “Los asuntos judiciales se mantuvieron estables en los últimos años , asevera Giay.

Sin embargo, Gallo sostiene que solamente existió un aumento natural que acompañó el crecimiento de la economía, aunque cree que en algunos casos puntuales hubo un sensible crecimiento. “Un ejemplo son las medidas cautelares rápidas para impedir infracciones a derechos de propiedad intelectual introducidas a partir de la firma del acuerdo ADPIC , señala. Asiente Noetinger, y agrega: “También hubo un incremento a raíz de la nueva Ley de Patentes .

En cambio, Malone asegura que si hubo un boom, éste fue en relación a nuevos temas: los publicitarios y los actos de competencia desleal, originados en la gran cantidad de campañas comparativas y denigratorias. “Profesionalmente fue muy interesante lo que se vivió en esa época , recuerda. Por último, Otamendi sostiene que en la década del 90 el mayor aumento no se dio en la litigiosidad, sino en el registro de marcas. “Con la apertura y modernización económica, la incorporación de empresas extranjeras instaladas en el país y la importación de cantidad de productos importados, muchas empresas que nunca habían registrado sus marcas aquí, lo hicieron , afirma.

Y aunque la especialidad no sufrió un boom litigioso, sí sufrió una serie de cambios que de alguna manera afectaron la forma de ejercer la profesión. Así, tanto García Sellart como Noetinger aseguran que la perspectiva de los cambios pasa por la globalización de empresas y proyectos comerciales, en un contexto de tendencias de armonización de normas legales. Gallo, por su parte, menciona la tendencia a una menor participación de la agencia de propiedad industrial sin abogados propios, debido a la mayor complejidad de los temas, entre los que menciona Internet, biotecnología, publicidad y Derechos de autor. “Además, algunas grandes empresas han comenzado a desarrollar departamentos internos para el manejo de estas cuestiones , indica.

Giay sostiene que uno de los principales cambios fue la incorporación de la mediación prejudicial, obligatoria desde 1995. “Entonces resultó necesario que los agentes de marcas recurrieran a abogados para atender este trámite, por lo que hoy en día hay más abogados con esta especialidad , señala. Para otros, como Otamendi, el ejercicio de la profesión, para los abogados marcarios, se ha vuelto mucho más competitivo: hay más abogados y un mayor requerimiento de calidad de parte de las organizaciones. “Además, hoy las empresas entienden que sus marcas son un activo de una gran importancia y son mucho más celosas de su cuidado , expresa.

Pero lo que definitivamente no ha cambiado, más allá de la mayor competitividad, son las reglas del juego entre las empresas. “La regla del juego básica es la competencia, y ello no ha variado , resume García Sellart . Y Otamendi concluye: “Las empresas serias siguen siéndolo y las que no lo son, también .