El Senado aprobó por amplia mayoría el primer Presupuesto enviado al Congreso por el gobierno de Javier Milei. La norma fue publicada en el Boletín Oficial junto con la denominada Ley de Inocencia Fiscal, la cual eleva los montos a partir de los cuales la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) denuncia penalmente una evasión de impuestos.
Ley de Inocencia Fiscal: de qué se trata
Con 46 votos a favor, 25 en contra y una abstinencia, el Senado sancionó en sesión especial el Presupuesto 2026. En paralelo, se aprobó la Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa que modifica el régimen penal tributario y los procesos de control fiscal a los contribuyentes.
Uno de los principales objetivos de la norma es facilitar el uso de los dólares atesorados fuera del sistema bancario, suma que alcanza los u$s 254.000 millones al cierre del tercer trimestre de 2025 según el INDEC. De esta manera, se permitirá el uso de ahorros no declarados con un máximo de hasta $ 100 millones sin poder ser sancionado por ARCA, siempre y cuando no se superen ciertos límites.
Quedarán excluidos del beneficio quienes tengan ingresos anuales superiores a $ 1.000 millones, un patrimonio mayor a $ 10.000 millones o sean considerados grandes contribuyentes nacionales.
Ley de Inocencia Fiscal: a partir de qué montos se considera delito penal una evasión fiscal
El piso para considerarse delito penal una evasión simple pasa de $ 1,5 millones a $ 100 millones, mientras que para la evasión agravada será de $ 15 millones a $ 1.000 millones.
Principales puntos de la Ley de Inocencia Fiscal
Dentro de los principales cambios en la norma se encuentran:
- Principio de Inocencia Fiscal: el Estado presume que los contribuyentes cumplen sus obligaciones y solo investigará si hay pruebas de incumplimiento. No se supondrá de forma automática la existencia de evasión.
- Ajuste de los montos penales: se actualizan los valores a partir de los cuales la evasión de considera delito penal. Se permitirá cancelar deudas y evitar causas penales si se paga antes de que se inicie la denuncia, pero solo se podrá hacer una vez por persona humana o jurídica. Si la causa ya está iniciada, la acción extinguirá si el imputado paga la deuda, los intereses y un adicional de 50% dentro de los 30 días hábiles desde que se notifica la imputación.
- Extinción de la acción penal: si el Estado pierde la posibilidad de reclamar una deuda por vía administrativa, tampoco podrá hacerlo vía penal. No se podrán cerrar casos de evasión con mecanismo de conciliación, caso que ocurre en otros delitos.
- Penas por simulación: quienes utilicen documentación falsa o maniobras engañosas para simular el pago de impuestos podrán recibir entre 2 y 6 años de prisión.
- Actualización automática de montos: los valores de referencia para multas y delitos se ajustarán de forma anual según la inflación y deberán publicarse oficialmente.
- Cambios en los plazos y multas: se reducen los plazos de prescripción a tres años para quienes las cumplen regularmente y se eliminan las suspensiones automáticas. Las sanciones administrativas para individuos y PyMES bajan hasta un 90%. No aplica para grandes empresas.
- Declaración jurada simplificada: las personas físicas con ingresos de hasta $ 1.000 millones y patrimonios de hasta $ 10.000 millones podrán optar por una declaración simplificada del Impuesto a las Ganancias.
- Efecto sobre los dólares bajo el colchón: no se trata de un blanqueo, pero reduce las fiscalizaciones automáticas si los ahorros no superan los límites y no hay inconsciencias graves en las declaraciones.