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Con la puesta en marcha del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las empresas no sólo tendrán que comenzar a realizar aportes, ya que también deberán decidir a través de qué vehículo canalizar esos recursos.

Los Fondos Comunes de Inversión (FCI) y los fideicomisos financieros son las dos alternativas que el régimen contempla.

A primera vista, la diferencia puede parecer importante. Sin embargo, según explica Nahuel Bernués, fundador y CEO de Quaestus Advisory, la Comisión Nacional de Valores (CNV) diseñó ambos vehículos para que sean equivalentes en los aspectos centrales.

“En los dos casos se puede invertir en los mismos activos, rige el mismo tope de costos, no hay retiros por fuera de las indemnizaciones y el traspaso a otro fondo (portabilidad) tiene las mismas reglas”, explicó el especialista.

La diferencia está en cómo está armado cada vehículo y cuánto margen existe para adaptar su funcionamiento a las necesidades de la empresa.

FAL: qué diferencia hay entre un FCI y un fideicomiso

En un Fondo Común de Inversión, una sociedad gerente se encarga de tomar las decisiones de inversión, mientras que una sociedad depositaria, que debe ser otra entidad, custodia los activos y realiza los pagos.

La empresa recibe cuotapartes, que representan una porción del patrimonio del fondo y que, normalmente, comparte con otros empleadores. Las reglas de funcionamiento están establecidas en un reglamento de gestión.

El esquema del fideicomiso financiero es diferente.

En este caso, un fiduciario administra los bienes de acuerdo con un contrato y la empresa recibe certificados de participación. Una de las particularidades del vehículo es que, dentro de un mismo fideicomiso, cada empresa puede tener una cuenta separada, con su propia política de inversión y su propia ficha de información.

Además, el fiduciario debe publicar todos los meses un informe de valuación en la página de la CNV.

La diferencia puede resumirse de manera sencilla: el FCI es un producto más estandarizado, mientras que el fideicomiso permite una estructura algo más personalizada.

¿Cuál conviene más? ¿Depende del tipo de empresa?

No hay, a partir de estas características, un vehículo que sea automáticamente mejor que el otro. La elección debería partir de las necesidades de la compañía.

Una empresa con una estructura relativamente simple puede encontrar suficiente el esquema estandarizado de un FCI.

En cambio, una compañía grande o un grupo empresario que necesite una política de inversión más específica puede encontrar mayor utilidad en la posibilidad de estructuración que ofrece un fideicomiso.

La empresa también deberá mirar qué hace cada administradora con el dinero, cuánto mantiene disponible y qué costos cobra.

Qué mirar antes de elegir una administradora

El primer paso es el más básico: comprobar que la entidad esté efectivamente registrada ante la CNV como administradora habilitada para operar FAL.

Bernués señala además que una empresa no puede tener más del 10% del capital de esa entidad. Después viene una comparación que puede resultar más útil que mirar las presentaciones comerciales.

La indemnización corresponde cuando el contrato laboral se extingue por causas ajenas a la voluntad del trabajador o por decisión de la empresa que no se deban a una falta muy grave justificada.Magnific (Drazen_zigic)

El especialista recomienda revisar las fichas o factsheets de cada FAL. Se trata de informes mensuales obligatorios que muestran en qué invierte cada fondo, cuánto patrimonio administra y cuál fue su rendimiento en distintos períodos.

La razón para mirar estos documentos es que los fondos tendrán un universo de inversión relativamente similar.

“Como todos invierten en el mismo menú de activos en pesos, los rendimientos van a ser bastante parecidos”, explicó Bernués.

Por eso, la diferencia puede estar menos en la tasa obtenida y más en el plazo promedio de las inversiones y la liquidez disponible.

La liquidez puede ser más importante que la rentabilidad

Esta es probablemente una de las variables más relevantes para una empresa.

El FAL tiene como objetivo contar con recursos para afrontar determinadas obligaciones laborales. Por eso, no alcanza con que una administradora obtenga un buen rendimiento si, cuando llega el momento de pagar, la estructura de la cartera no ofrece la liquidez necesaria.

Bernués plantea la diferencia según el perfil de cada compañía.

“Una empresa con mucha rotación de personal necesita un fondo que pueda pagar rápido. A una empresa con nómina estable le puede servir un plazo algo más largo”, señaló.

Cuánto puede cobrar una administradora

La normativa establece un máximo de 1% anual con IVA incluido, que comprende al conjunto de los participantes que intervienen en la administración del vehículo. Pero ese porcentaje es un tope, no una comisión obligatoria.

Según Bernués, algunas administradoras pueden ofrecer alternativas por debajo de ese máximo, por lo que la comparación de costos forma parte de la decisión.

La recomendación, entonces, es no quedarse con el rendimiento informado. Una diferencia pequeña de rentabilidad puede perder relevancia frente a una estructura de costos más alta o frente a un vehículo que no se adapte a las necesidades de liquidez de la compañía.

También importa el servicio

Bernués recomienda evaluar cómo se presenta la declaración jurada necesaria para solicitar un rescate, qué soporte ofrece la entidad y qué plataforma pone a disposición de la empresa para consultar la información del fondo durante el mes.

Es decir que la elección no es solamente financiera.

También hay una dimensión operativa: qué tan sencillo resulta administrar el FAL, consultar su evolución y solicitar los recursos cuando corresponde.

La empresa no queda atada para siempre a la primera administradora que elija. Según Bernués, el régimen contempla ventanas para cambiar de entidad en junio y diciembre.

Eso permite que la experiencia de los primeros meses también forme parte de la evaluación.

Una compañía puede comenzar con un vehículo más estandarizado, comparar el funcionamiento, los costos, la liquidez y el servicio y, si lo considera necesario, cambiar posteriormente.