

La compra de viviendas bajo la figura de la "nuda propiedad" gana terreno en el mercado inmobiliario. Esta modalidad permite adquirir una casa a un precio muy inferior, con una condición: el vendedor, habitualmente una persona mayor, conserva el derecho a vivir en ella hasta su fallecimiento.
El fenómeno crece especialmente en ciudades donde el acceso a la vivienda se ha vuelto más complejo para jóvenes o inversores con menor capital. A cambio de un descuento que puede llegar al 40%, el comprador se compromete a no utilizar la propiedad hasta que se extinga el usufructo vitalicio del actual propietario.
¿Qué implica comprar una vivienda en nuda propiedad?
El comprador adquiere la titularidad del inmueble, pero no puede usarlo ni alquilarlo. El usufructo permanece en manos del vendedor, que por ley conserva el derecho a ocupar la vivienda hasta el fin de su vida. Aunque legalmente la propiedad cambia de nombre, el uso y disfrute continúan en manos del anterior titular.

Esta operación requiere un análisis legal preciso. Ambas partes deben firmar una escritura ante notario en la que se detalla que el vendedor transfiere la propiedad, pero retiene el usufructo.
Es esencial también inscribir esta situación en el Registro de la Propiedad para que quede constancia pública del acuerdo.
¿Qué dice la ley en España sobre este tipo de operaciones?
Muchos adultos mayores que viven solos o carecen de apoyo familiar eligen esta opción para obtener liquidez sin dejar su hogar. Con el dinero recibido pueden afrontar gastos médicos, mejorar su calidad de vida o complementar pensiones insuficientes, sin necesidad de abandonar la vivienda en la que han vivido toda la vida.

En España, la nuda propiedad está regulada principalmente por el Código Civil, en sus artículos 467 a 525, y también por la Ley Hipotecaria en relación a la inscripción de este derecho en el Registro de la Propiedad.












