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La Seguridad Social le suspenderá la ayuda a mayores de 52 años a todos los desempleados que rechacen los programas de empleo

Una medida que busca incentivar la participación activa en el mercado laboral.

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En España, el subsidio para mayores de 52 años es una prestación esencial destinada a apoyar a los desempleados de este grupo etario hasta que alcancen la edad de jubilación. Sin embargo, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha establecido que la continuidad de esta ayuda está condicionada al cumplimiento de ciertas obligaciones por parte de los beneficiarios. Entre ellas, destaca la participación en programas de empleo y formación.

Según el artículo 299.f del Real Decreto Legislativo 8/2015, se considera infracción grave rechazar, sin causa justificada, una oferta de empleo adecuada o negarse a participar en programas de empleo, trabajos de colaboración social o acciones de inserción profesional propuestas por los servicios públicos de empleo. Este incumplimiento puede conllevar sanciones que van desde la suspensión temporal hasta la extinción definitiva del subsidio.

La Seguridad Social le suspenderá la ayuda a mayores de 52 años a todos los desempleados que rechacen los programas de empleo. (Imagen: archivo)

Obligaciones de los beneficiarios

Los perceptores del subsidio para mayores de 52 años deben cumplir con una serie de compromisos para mantener el derecho a la prestación. Entre ellos se encuentran:

  • Aceptar ofertas de empleo adecuadas: los beneficiarios están obligados a aceptar propuestas laborales que se ajusten a su perfil y capacidades, siempre que sean ofrecidas por los servicios públicos de empleo o agencias de colocación colaboradoras.

  • Participar en programas de formación y empleo: es necesario involucrarse en actividades de formación, programas de empleo o trabajos de colaboración social que faciliten la reinserción laboral.

  • Presentar la declaración anual de rentas: anualmente, deben acreditar que sus ingresos no superan el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluyendo la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

Sanciones por incumplimiento

El SEPE clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves, aplicando sanciones proporcionales a la gravedad del incumplimiento:

  • Infracciones leves: no asistir a citas programadas o no renovar la demanda de empleo puede resultar en la suspensión del subsidio por períodos que aumentan con la reincidencia, llegando hasta la extinción del derecho en la cuarta ocasión.

La Seguridad Social le suspenderá la ayuda a mayores de 52 años a todos los desempleados que rechacen los programas de empleo. (Imagen: archivo)
  • Infracciones graves: rechazar una oferta de empleo adecuada o negarse a participar en programas de formación sin causa justificada puede llevar a la suspensión del subsidio por tres meses en la primera infracción, seis meses en la segunda y la pérdida definitiva en la tercera.

  • Infracciones muy graves: acciones como la falsificación de documentos o el cobro indebido del subsidio resultan en la extinción inmediata del derecho y la exclusión de futuras ayudas durante un año.

Importancia de la participación activa

La normativa vigente subraya la importancia de la participación activa de los beneficiarios en su proceso de reinserción laboral. El objetivo es fomentar la empleabilidad y reducir la dependencia de las prestaciones sociales. 

Por ello, es fundamental que los desempleados mayores de 52 años se mantengan comprometidos con las actividades propuestas por los servicios de empleo, asegurando así el mantenimiento de su subsidio y facilitando su retorno al mercado laboral.

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