En España, la pensión de jubilación es una de las prestaciones centrales de la Seguridad Social y suele convertirse en la principal fuente de ingresos cuando finaliza la vida laboral. Por este motivo, lograr el 100% de la pensión contributiva se ha convertido en una meta clave para quienes se aproximan al final de su trayectoria profesional.
Para obtener el importe completo, se exige cumplir con la edad legal de jubilación. En 2025, serán los trabajadores nacidos entre 1960 y 1970 quienes podrán acceder al 100% de la pensión, dado que alcanzarán la edad ordinaria de retiro establecida para ese año.
Excelente noticia de la Seguridad Social para los pensionistas nacidos entre 1960 y 1970
Para este año, la Seguridad Social ha confirmado que la edad de jubilación será de 66 años y 8 meses. Cabe aclarar que existirá la opción de jubilarse a los 65 años siempre y cuando se haya cotizado 38 años y 3 meses o más.
Serán los nacidos en los años 60 quienes lleguen a la edad de jubilación ordinaria. Esto quiere decir que podrán optar al 100% de la base reguladora, siempre que cuenten con 38 años y 3 meses cotizados.
En cualquier caso, si no llegan a dicha cotización, tendrán que esperar a cumplir los 66 años y 8 meses. De todas formas, quienes quieran acceder a la jubilación anticipada podrán hacerlo a los 63 años, siempre y cuando cumplan dicho requisito de cotización (38 años y 3 meses o más).
¿Quiénes podrán acceder a la jubilación en 2025?
Las personas nacidas entre 1960 y 1970 comenzarán a alcanzar la edad de jubilación en 2025. En concreto, quienes hayan nacido en 1962 podrán acceder a la pensión si acreditan 38 años y tres meses cotizados.
Para acceder a la jubilación en España, uno de los requisitos fundamentales es alcanzar la edad legal establecida. En 2025, esta será de 66 años y ocho meses para quienes hayan cotizado menos de 38 años y tres meses. En cambio, quienes superen ese periodo podrán jubilarse a los 65 años.
Además, se requiere haber cotizado un mínimo de 15 años al sistema de pensiones, de los cuales al menos dos deben situarse dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento en que se solicita la jubilación.
Por otro lado, se deberá estar dado de alta en la Seguridad Social el día de presentación de la solicitud.
Regla general
A partir del 1/1/2013, la edad de acceso a la pensión de jubilación depende de la edad del interesado y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral, requiriendo haber cumplido la edad de:
- 67 años ó
- 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización.
“Este requisito será exigible, en todo caso, cuando se acceda a la pensión sin estar en alta o en situación asimilada a la de alta”, señalan desde la web de la Seguridad Social.
| Año | Períodos cotizados | Edad exigida |
|---|---|---|
| 2025 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
| Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 8 meses | |
| 2026 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
| Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses | |
| A partir de 2027 | 38 años y 6 meses o más | 65 años |
| Menos de 38 años y 6 meses | 67 años |