

Bizum está plenamente integrado en la vida comercial de miles de negocios y autónomos, lo que ha llamado la atención de la Agencia Tributaria. En un paso que marca un antes y un después, Hacienda tendrá acceso total a los movimientos realizados a través de esta plataforma.
A partir del 1 de enero de 2026, y gracias a lo dispuesto en el Real Decreto 253/2025, cualquier transacción hecha por autónomos o empresas mediante Bizum será comunicada automáticamente a la Agencia Tributaria, sin importar la cantidad. El objetivo es reforzar la lucha contra el fraude fiscal y tener un control más exhaustivo sobre los ingresos digitales.

Hacienda tendrá acceso total a Bizum
El Real Decreto 253/2025, publicado en el BOE en mayo de este año, establece que las entidades financieras deberán remitir mensualmente a Hacienda un informe detallado de todas las operaciones de Bizum realizadas por profesionales y empresas. Hasta ahora, solo era obligatorio declarar operaciones superiores a 10.000 euros. Con esta nueva norma, el importe ya no importa: todo debe ser reportado.
Además, la información que los bancos y entidades deberán proporcionar incluirá:
Identificación del autónomo o empresa que recibe los pagos.
Número de comercio asociado al sistema de cobro.
Terminales de venta utilizados, tanto en España como en el extranjero.
Importe mensual de las operaciones, diferenciado por método de pago (tarjeta o móvil).
Cuentas bancarias receptoras de los pagos, con datos como el IBAN o su equivalente internacional.Este control masivo busca cerrar la puerta a prácticas opacas que algunos pequeños negocios o autónomos realizaban usando Bizum, creyendo que por ser una app "informal" quedaban fuera del radar.
¿En qué casos Hacienda puede investigar tus movimientos por Bizum?
Aunque las nuevas medidas se centran en profesionales y negocios, también hay circunstancias en las que un particular puede llamar la atención de Hacienda por usar Bizum. Los casos más comunes que se deben tener en cuenta son:
Cuando se envían o reciben más de 10.000 euros al año a través de Bizum.
Si los ingresos tienen un origen económico: alquileres, ventas o servicios prestados.
Si eres autónomo y cobras por Bizum: todos los ingresos deben declararse con su correspondiente IVA e IRPF

Cuáles son las sanciones por no declarar tus pagos en Bizum
Las consecuencias por no cumplir con estas obligaciones pueden ser bastante severas. La Ley General Tributaria contempla diferentes niveles de infracción en función del volumen no declarado y del grado de ocultación:
Infracción leve: hasta 3000 euros de multa, más un recargo del 50% por no haberlo declarado en su momento.
Infracción grave: entre 3001 y 119.999 euros, con sanciones de entre el 50% y el 100% del importe ocultado.
Infracción muy grave: más de 120.000 euros, con multas de hasta el 150% e incluso posibilidad de penas de prisión.












