

El subsidio para mayores de 52 años está condicionado a que el beneficiario mantenga el requisito de carencia de rentas. Por eso, la venta de un inmueble recibido por herencia puede tener consecuencias sobre esta ayuda cuando la operación genera una ganancia patrimonial que eleva los ingresos por encima del límite establecido.
El SEPE exige comunicar cualquier aumento de rentas que pueda afectar al derecho a seguir cobrando el subsidio. La normativa también contempla la suspensión de la ayuda cuando durante un periodo se dejan de cumplir los requisitos económicos. En determinados casos, las cantidades cobradas de forma indebida deben ser reintegradas.
Vender una vivienda heredada puede afectar al subsidio del SEPE
La venta de un piso heredado no supone que se pierda automáticamente el subsidio por mayores de 52 años. El elemento que debe analizarse es la renta que genera la operación. El Tribunal Supremo ha establecido que, al valorar una herencia para este subsidio, no se debe considerar sin más todo el valor del patrimonio recibido, sino los rendimientos que produce y, cuando se vende, la ganancia patrimonial que corresponda.
Esta diferencia es importante. Heredar un inmueble y venderlo son situaciones distintas a efectos del cálculo de rentas. En una sentencia de 2023, el Supremo concluyó que la mera aceptación de una herencia no implicaba por sí sola un incremento patrimonial que hiciera perder el subsidio cuando el inmueble no generaba rendimientos suficientes.
La propia documentación del SEPE incluye las ganancias patrimoniales, las herencias y las donaciones dentro de los conceptos que deben declararse cuando existe una variación de rentas.
¿Cuándo puede obligar el SEPE a devolver el dinero?
El límite de rentas es una de las claves. Para conservar el subsidio para mayores de 52 años, el beneficiario debe mantener unas rentas propias que no superen el 75 % del salario mínimo interprofesional, sin incluir la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. El SEPE establece además la obligación de comunicar el cambio cuando se produce.
El salario mínimo interprofesional fijado para 2026 es de 1.221 euros al mes, por lo que el 75 % equivale a 915,75 euros mensuales como referencia del límite previsto para el subsidio. El cálculo de las rentas debe hacerse conforme a las reglas específicas de la prestación y no sobre el precio total por el que se haya vendido el inmueble.
El Tribunal Supremo ya ha resuelto casos en los que una persona que cobraba el subsidio vendió un inmueble y obtuvo una ganancia patrimonial. En una sentencia de 19 de abril de 2022, la Sala de lo Social confirmó la extinción del subsidio y la devolución de cantidades cobradas indebidamente porque la beneficiaria no comunicó a tiempo la renta obtenida con la venta.

La herencia y la venta tienen efectos distintos
La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha ido delimitando cómo deben calcularse las rentas procedentes de una herencia. En 2020, el Alto Tribunal señaló que no podía computarse automáticamente todo el valor del inmueble heredado. Debían analizarse los rendimientos reales o presuntos y, cuando el inmueble se vendía, la ganancia patrimonial obtenida.
Esta doctrina volvió a aplicarse en 2023. En ese caso, una beneficiaria había recibido la mitad de un inmueble valorado en 60.000 euros y posteriormente lo vendió. El Supremo anuló la extinción del subsidio porque la Administración había calculado de forma incorrecta la renta derivada de la herencia. La sentencia señaló que, si el rendimiento resultante no superaba el límite legal, la falta de comunicación de la herencia no podía producir por sí sola la extinción.
La situación cambia cuando la venta del inmueble heredado produce una ganancia suficiente para superar el límite de rentas y esa variación no se comunica al SEPE. La legislación obliga al beneficiario a informar de cualquier incremento que pueda afectar al mantenimiento del subsidio. Si deja de cumplir el requisito, la prestación puede suspenderse y, cuando se hayan recibido cantidades que ya no correspondían, el organismo puede reclamar su devolución.














