El mercado del alquiler se encuentra en una fase de incertidumbre, caracterizada por una elevada demanda y precios en aumento, especialmente en las principales ciudades y áreas turísticas.
En este contexto, la disponibilidad de viviendas para alquilar está en declive, lo que dificulta aún más el acceso a la vivienda para un gran número de personas.
Entre los artículos que componen la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) se contempla la posibilidad de que los propietarios incrementen el alquiler si se llevan a cabo ciertas obras en la vivienda.
¿Qué establece el artículo 19 sobre aumentar el alquiler por reformas?
El artículo 19 permite al arrendador incrementar la renta mensual si lleva a cabo obras de mejora en el inmueble, pero únicamente bajo ciertas condiciones.
En primer lugar, es necesario que hayan transcurrido al menos cinco años desde la firma del contrato, o siete si el arrendador es una persona jurídica, como una empresa o sociedad. Además, el aumento no podrá exceder el 20% del alquiler vigente hasta ese momento.
El cálculo del nuevo alquiler se fundamenta en el capital invertido en las mejoras, al que se le aplica el tipo de interés legal vigente al finalizar las obras, incrementado en tres puntos porcentuales.
Es importante señalar que se deben descontar del capital las subvenciones públicas que el propietario haya recibido para llevar a cabo las obras.
Cuando las mejoras afectan a varias viviendas dentro de un mismo edificio, como en un bloque de pisos, el coste debe distribuirse de manera proporcional. Si el edificio está constituido como propiedad horizontal, se aplican los coeficientes de participación de cada unidad.
En caso contrario, el gasto se reparte según los acuerdos entre propietario e inquilinos, o en función de la superficie ocupada por cada uno si no existe consenso.
Es relevante aclarar que la subida de la renta no puede implementarse de forma inmediata ni unilateral. El propietario debe notificar por escrito al inquilino, una vez concluidas las obras, el nuevo importe del alquiler.
Asimismo, está obligado a detallar los cálculos realizados y presentar copias de los documentos que respalden el gasto total.
El artículo también contempla una alternativa: que arrendador y arrendatario acuerden voluntariamente realizar obras de mejora en cualquier momento del contrato.
En tal caso, ambas partes pueden convenir una subida del alquiler, sin que esto afecte a los plazos de prórroga obligatoria o tácita establecidos por la ley.