Los conductores deben saber que, desde 2025, Madrid se ha convertido en una amplia Zona de Bajas Emisiones (ZBE), lo que implica restricciones significativas para los vehículos más contaminantes.
Acorde a esta nueva normativa, los coches sin etiqueta ambiental de personas no empadronadas en la ciudad tienen prohibido el acceso a los 21 distritos que conforman el municipio, así como a la M-30. Sin embargo, aquellos vehículos sin etiqueta que estén empadronados en Madrid podrán circular hasta el 31 de diciembre de 2025, gracias a una moratoria reciente del Ayuntamiento.
Aunque las restricciones son claras para los vehículos sin etiqueta, surge la pregunta sobre los coches con la etiqueta C. La normativa actual para estos vehículos es similar a la que se aplica a los coches con etiqueta B, lo que significa que también enfrentan limitaciones para acceder a la ZBE.
Es fundamental que los conductores estén informados sobre estas regulaciones para evitar sanciones y planificar adecuadamente sus desplazamientos por la capital.
Madrid ha implementado una amplia Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en 2025, restringiendo el acceso a los vehículos más contaminantes en sus 21 distritos. Los coches sin etiqueta ambiental de personas no empadronadas en la ciudad no pueden ingresar al perímetro de la ZBE ni circular por la M-30, aunque sí tienen acceso a las vías M-40, M-45 y M-50.
Los vehículos sin etiqueta ambiental que están empadronados en Madrid podrán seguir circulando por la ZBE hasta el 31 de diciembre de 2025, gracias a una moratoria anunciada a finales de 2024. En cuanto a los coches con etiqueta C, las restricciones son similares a las que enfrentan los vehículos con etiqueta B al intentar acceder a la zona.
Restricciones para vehículos con etiqueta C
En Madrid, se han establecido tres escenarios con requisitos distintos según la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en la que se circule. La primera es la ZBE general, que abarca los 21 distritos de la ciudad. La segunda es la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) en el Distrito Centro, que corresponde al antiguo Madrid Central y se encuentra dentro del perímetro de la ZBE. Por último, está la ZBEDEP Plaza Elíptica, también situada dentro de la ZBE de Madrid.
1) Etiqueta C en Madrid: Impacto de la ZBE en 2025
Los vehículos clasificados con etiqueta C podrán acceder sin restricciones a la Zona de Bajas Emisiones de Madrid en 2025.
2) Análisis de la Etiqueta C en la Zona de Bajas Emisiones del Distrito Centro
En el Distrito Centro de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid, anteriormente conocida como ZBE Madrid Central, se han establecido restricciones más estrictas en cuanto a la circulación de vehículos. A diferencia de otras áreas, aquí se prohíbe el acceso a vehículos con etiquetas C y B. Solo se permite la entrada al perímetro bajo ciertas condiciones, que incluyen:
- Estacionar en un aparcamiento público.
- Estar empadronado en el Distrito Centro.
- Contar con una invitación de un residente.
- Ser empresa o autónomo con actividad en la zona.
- Transportar a una persona con movilidad reducida que posea una tarjeta de estacionamiento.
- Tener una plaza de garaje particular o arrendada en el área.
- Disponer de un vehículo de transporte con servicio contratado previamente.
- Contar con autorización para vehículos comerciales e industriales.
- Ser parte de una autoescuela ubicada en el distrito.
- Acceder a un taller dentro del perímetro.
- Utilizar el vehículo para actividades autorizadas en la vía pública.
- Ser abogado del Servicio de Guardia de Turno de Oficio en servicio.
- Usar el vehículo para dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria y secundaria.
- Trabajar en horario nocturno en el Distrito Centro.
Los motociclistas con etiqueta C pueden acceder libremente a esta zona entre las 7 y las 22 horas. Fuera de este horario, no se impondrá una multa de 200 euros si se cuenta con una autorización de acceso, como una plaza de garaje o una invitación de un residente.