Hacienda mantiene un mecanismo que permite recibir hasta 1200 euros al año por cada hijo menor de tres años sin tener que esperar a presentar la declaración de la Renta. Se trata del abono anticipado de la deducción por maternidad, que puede solicitarse mediante el Modelo 140.
Cuando se tiene derecho durante todo el año, el importe máximo equivale a 100 euros al mes por cada hijo. La cuantía definitiva depende de los meses en los que se cumplan los requisitos establecidos por la Agencia Tributaria.
La presentación del formulario no genera por sí sola el derecho al cobro. Antes, el contribuyente debe encontrarse en alguno de los supuestos previstos en la normativa del IRPF.
Quiénes pueden cobrar hasta 1200 euros de Hacienda
La deducción está dirigida, con carácter general, a las mujeres con hijos menores de tres años por los que tengan derecho a aplicar el mínimo por descendientes.
Para acceder al beneficio deben encontrarse además en alguna de las situaciones reconocidas por Hacienda. Entre ellas figura estar dada de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad en el momento del nacimiento.
También pueden tener derecho quienes, cuando nace el menor, estén percibiendo una prestación contributiva o asistencial del sistema de protección por desempleo.
Existe además la posibilidad de acceder posteriormente. Si el alta en la Seguridad Social o mutualidad se produce después del nacimiento, el derecho puede generarse una vez alcanzados 30 días cotizados.
En determinados casos, como el fallecimiento de la madre o la atribución exclusiva de la guarda y custodia al padre o a un tutor, otra persona puede aplicar la parte pendiente de la deducción si reúne las condiciones exigidas.
Cómo presentar el Modelo 140 para recibir el pago mensual
El Modelo 140 es el formulario que permite solicitar el abono anticipado de la deducción por maternidad.
La Agencia Tributaria permite realizar el trámite de forma telemática a través de su sede electrónica. Para identificarse pueden utilizarse sistemas como certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve.
También existen otras vías de presentación habilitadas por Hacienda, entre ellas determinados trámites telefónicos, oficinas de la Agencia Tributaria y oficinas de Correos.
Una vez presentada la solicitud, la Administración comprueba si se cumplen las condiciones. Cuando el abono anticipado resulta procedente, el importe se va ingresando periódicamente.
Quienes ya reciben el pago por un hijo y continúan reuniendo los requisitos no tienen que presentar una nueva solicitud cada año por ese mismo menor.
Cuánto se cobra y hasta cuándo se puede recibir
La cuantía máxima de la deducción por maternidad es de 1.200 euros al año por cada hijo menor de tres años.
El importe se calcula por meses. Por eso, cuando existe derecho durante todo el ejercicio, el pago anticipado puede alcanzar los 100 euros mensuales.
Si la persona comienza a cumplir el requisito de cotización después del nacimiento y alcanza entonces los 30 días exigidos, Hacienda contempla además un incremento de 150 euros en el mes en que se cumple ese periodo mínimo.
Como regla general, la deducción puede aplicarse hasta que el menor cumple tres años. En los casos de adopción o acogimiento, el periodo puede extenderse durante los tres años siguientes a la inscripción en el Registro Civil o a la correspondiente resolución judicial o administrativa.
Los importes recibidos anticipadamente deben reflejarse posteriormente en la declaración del IRPF. Si existe alguna diferencia entre lo cobrado y la deducción que finalmente corresponde, deberá regularizarse en la Renta.
Hacienda permite sumar hasta 1.000 euros por gastos de guardería
La deducción por maternidad puede incrementarse en hasta 1000 euros adicionales al año por determinados gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
Este incremento está sujeto a sus propios límites y condiciones. Entre otros aspectos, no puede superar el gasto efectivo satisfecho por el contribuyente una vez descontadas las cantidades subvencionadas.
Hay una diferencia importante respecto de los 1200 euros generales: los 1000 euros adicionales por guardería no se cobran mediante el Modelo 140.
Ese incremento se aplica posteriormente en la declaración del IRPF cuando se cumplen los requisitos correspondientes.