

La Seguridad Social busca soluciones al reciente aumento de parados y ofrece diversas ayudas a los sectores más vulnerados económicamente. Entre ellas se encuentra la prestación por nacimiento o adopción de hijos.
Una cuantía que se concede a padres y madres cuyo hijo haya nacido o haya sido adoptado a partir del año 2007. Esta prestación, se dirige específicamente a familias numerosas, monoparentales y en casos de padres con discapacidad.

¿Cuáles son los requisitos para cobrar el subsidio de 1000 euros de la Seguridad Social?
- Tener hijos nacidos o adoptados con posterioridad al 16 de noviembre de 2007.
- No percibir ingresos anuales superiores a los establecidos por ley en los Presupuestos Generales del Estado.
- No tener derecho a prestaciones de este tipo en cualquier otro régimen público.
- El derecho a la percepción se establecerá de común acuerdo en caso de padres convivientes o, en caso contrario, se concederá a la madre.
- El derecho a la prestación prescribe a los cinco años del nacimiento.
¿Cómo sé cuánto me corresponde del subsidio de 1000 euros?
Según la web de la Seguridad Social los ingresos máximos por núcleo familiar son:
- Familias con 1 hijo a cargo: si tienen ingresos inferiores a 15.001,00 euros.
- Familias con 2 hijos a cargo: si tienen ingresos inferiores a 17.102,65 euros.
- Familias con 3 hijos a cargo: si tienen ingresos inferiores a 19.204,30 euros.
- Familias con 4 hijos a cargo: si tienen ingresos inferiores a 21.305,95 euros.
- Familias con 5 hijos a cargo: si tienen ingresos inferiores a 23.407,60 euros.
La escala es progresiva y establece un límite de 33.915,85 euros de ingresos para familias con 10 hijos.
¿Cómo puedo solicitar la ayuda de 1000 euros a la Seguridad Social?
Para solicitar la ayuda, es necesario enviar la solicitud y la información requerida a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, utilizando un certificado digital o Cl@ve permanente.
Alternativamente,se puede tramitar por correo ordinario o en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) si no se dispone de estos métodos de identificación.
Entre la información que se debe aportar se encuentra: el DNI del solicitante y del otro progenitor, el certificado de empadronamiento de beneficiarios y causantes, el Libro de Familia, un justificante de ingresos. Además, en caso de que corresponda, el título de familia numerosa, el título de minusvalía y la resolución judicial que acredite la tutela.

















