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El Partido Popular defendió la vigencia del rechazo en frontera y aseguró que esta herramienta sigue siendo aplicable en las fronteras terrestres con países terceros como Marruecos, tras la sentencia del Tribunal Supremo que limitó su utilización en las interceptaciones realizadas en alta mar.

La portavoz adjunta del PP en el Congreso y responsable popular en la Comisión de Migraciones, Sofía Acedo, afirmó en Melilla que la regulación aprobada en 2015 durante el Gobierno de Mariano Rajoy continúa vigente y constituye una “normativa vinculante”.

La dirigente popular se pronunció después de que el Supremo estableciera que el rechazo en frontera no puede aplicarse a los migrantes interceptados en el mar cuando intentan llegar a nado a Ceuta y Melilla. En estos casos, la Justicia determinó que debe utilizarse el procedimiento de devolución previsto en la ley de extranjería y garantizarse la asistencia y las garantías legales correspondientes.

El fallo tiene su origen en el recurso presentado por un ciudadano argelino interceptado en alta mar en noviembre de 2024 cuando intentaba llegar a Ceuta, quien denunció haber sido entregado a Marruecos sin procedimiento administrativo previo.

¿Qué postura mantiene el PP sobre los rechazos en frontera?

Acedo defendió que los rechazos en frontera fueron incorporados a la ley de extranjería durante el Gobierno de Mariano Rajoy en 2015 y sostuvo que continúan formando parte del marco legal español. Según la dirigente popular, esta regulación permite actuar en las fronteras terrestres de Ceuta y Melilla bajo un procedimiento establecido dentro del Estado de derecho.

Migrantes subsaharianos atendidos por voluntarios de Cruz Roja en la playa de Benzú (Ceuta). EFE/Reduan/Archivo
Migrantes subsaharianos atendidos por voluntarios de Cruz Roja en la playa de Benzú (Ceuta). EFE/Reduan/Archivo

La portavoz del PP evitó pronunciarse de forma específica sobre los casos de migrantes que acceden a nado a ambas ciudades autónomas, que son el foco de la sentencia del Tribunal Supremo. El alto tribunal determinó que la normativa vigente no permite aplicar el rechazo en frontera a estas entradas por mar.

Acedo diferenció esta figura de las llamadas “devoluciones en caliente” que atribuyó al Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, y afirmó que la diferencia principal radica en que el PP incorporó los rechazos en frontera a la legislación para dotarlos de una base jurídica.

¿Cómo encaja esta posición en el debate migratorio europeo?

El Partido Popular también insistió en que la política migratoria española debe alinearse con el Pacto Europeo de Migración y Asilo. La formación sostiene que las personas que entren o permanezcan de manera irregular en la Unión Europea deben ser devueltas a sus países de origen o de tránsito como parte de una estrategia común.

Migrantes en Ceuta que esperan ser trasladados a la península. EFE/Reduan/Archivo
Migrantes en Ceuta que esperan ser trasladados a la península. EFE/Reduan/Archivo

Acedo afirmó que España no debe renunciar a la protección de sus fronteras ni a garantizar la seguridad nacional, aunque remarcó que cualquier actuación debe desarrollarse con garantías jurídicas. En ese sentido, defendió que la disposición adicional décima de la ley de extranjería, donde se regula el rechazo en frontera, continúa vigente.

La posición del PP mantiene abierto el debate político y jurídico sobre el equilibrio entre el control migratorio y el cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. La sentencia del Supremo añade una nueva dimensión a una discusión que lleva años centrada en la gestión de las entradas irregulares en las ciudades autónomas españolas.

¿El rechazo en frontera es una normativa vinculante o una interpretación del PP?

El rechazo en frontera está recogido en la disposición adicional décima de la Ley Orgánica de Extranjería desde la reforma aprobada en 2015, por lo que forma parte del ordenamiento jurídico español.

Sin embargo, la consideración de que se trata de una “normativa vinculante” responde a la interpretación política del Partido Popular sobre su aplicación, ya que su alcance no es absoluto y ha sido objeto de revisión judicial.

El Tribunal Supremo estableció que esta figura no puede aplicarse a los migrantes que intentan acceder a Ceuta y Melilla por vía marítima, al considerar que esas entradas requieren un procedimiento con garantías jurídicas.

Por ello, aunque la norma continúa vigente, su aplicación está limitada por la interpretación de los tribunales y por las obligaciones legales de España en materia migratoria.