

La nueva Ley de Tráfico ya está en vigor en España y establece una tasa de alcohol de 0,0 para los conductores menores de 18 años que circulen con determinados vehículos. La normativa endurece las sanciones para quienes conduzcan bicicletas, patinetes eléctricos o ciclomotores de hasta 125cc después de consumir alcohol.
La medida forma parte de la reforma del apartado 1 del artículo 14 de la Ley de Tráfico y también contempla restricciones relacionadas con el consumo de drogas. El objetivo de la Dirección General de Tráfico (DGT) es reforzar la seguridad vial y evitar que los menores se pongan al volante o conduzcan estos vehículos después de consumir sustancias que puedan afectar a sus capacidades.
¿Qué multa reciben los menores que conduzcan con alcohol?
Los menores de 18 años que conduzcan con presencia de alcohol dentro de los límites establecidos por la norma pueden recibir una multa de 500 euros. La sanción también implica la retirada de 4 puntos del carnet, aunque esta pérdida de puntos no se aplica cuando el vehículo es una bicicleta o un patinete eléctrico.

La normativa establece una tasa de 0,0 alcohol para los menores de edad que conduzcan un patinete, una bicicleta o un ciclomotor de hasta 125 cc, correspondiente al permiso A1. Además, la prohibición alcanza a las drogas presentes en el organismo, salvo aquellas sustancias utilizadas con prescripción médica y finalidad terapéutica.
Si la tasa de alcohol supera los 0,50 mg/l, la sanción económica aumenta hasta los 1000 euros. La misma cantidad se contempla para los menores que se nieguen a realizar las pruebas de alcoholemia requeridas por los agentes.

¿Cómo es la normativa de tráfico para los mayores de 18 años?
La reforma introduce un régimen específico para los menores de edad y elimina para ellos los límites generales de alcohol que se aplican a otros conductores.
En España, la tasa máxima general se sitúa en 0,5 g/l de alcohol en sangre o 0,25 mg/l en aire espirado, mientras que para los conductores noveles y profesionales es de 0,3 g/l y 0,15 mg/l, respectivamente.
La normativa también se enmarca en los cambios europeos sobre la conducción acompañada. La Unión Europea aprobó una reforma que permitirá que los jóvenes de 17 años obtengan el permiso de conducir de clase B, aunque deberán circular acompañados hasta alcanzar la mayoría de edad. Durante ese periodo, el acompañante deberá tener al menos 24 años y cinco años de antigüedad como conductor.












