- El SEPE reclama 9685 euros a una mujer que cobraba el subsidio para mayores de 52 años
- Por qué el SEPE le exige devolver todo lo cobrado entre 2022 y 2023
- Qué dice la Justicia sobre cobrar una herencia mientras se recibe el subsidio
- Recibir una herencia no significa perder automáticamente el subsidio para mayores de 52 años
- La venta del piso heredado dejó 76.500 euros a la beneficiaria
- Qué deben tener en cuenta quienes cobran el subsidio para mayores de 52 años y reciben una herencia
- El requisito económico que puede hacer perder el subsidio para mayores de 52 años
Una mujer de Valencia tendrá que devolver al SEPE 9685,95 euros que había cobrado a través del subsidio para mayores de 52 años después de recibir una herencia familiar valorada en más de 140.000 euros y vender posteriormente, junto con su hermano, uno de los inmuebles heredados.
El caso ha llegado hasta el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), que ha respaldado la decisión judicial previa favorable al Servicio Público de Empleo Estatal. La cuestión fundamental no reside simplemente en haber recibido una herencia, sino en las rentas y rendimientos derivados de los bienes heredados y su incidencia sobre el límite de ingresos exigido para mantener el subsidio.
La distinción es especialmente relevante para quienes cobran el subsidio para mayores de 52 años. Recibir una herencia no supone automáticamente perder esta ayuda, pero los rendimientos derivados de determinados bienes pueden modificar los ingresos computables y provocar que dejen de cumplirse los requisitos económicos.
El SEPE reclama 9685 euros a una mujer que cobraba el subsidio para mayores de 52 años
La mujer había obtenido en octubre de 2021 el reconocimiento del subsidio para mayores de 52 años, cuya duración estaba prevista hasta agosto de 2027.
A finales de ese mismo año, ella y su hermano recibieron una herencia familiar valorada en conjunto en más de 140.000 euros, integrada por inmuebles y dinero depositado en cuentas.
Meses después, en mayo de 2022, ambos hermanos decidieron vender uno de los inmuebles. La propiedad tenía un valor de 85.880,29 euros cuando fue heredada y finalmente fue vendida por 153.000 euros.
La cantidad se repartió entre los dos hermanos. Como consecuencia de la operación, la beneficiaria del subsidio para mayores de 52 años recibió 76.500 euros, correspondientes a la mitad del precio de venta del inmueble.
Por qué el SEPE le exige devolver todo lo cobrado entre 2022 y 2023
El SEPE había suspendido temporalmente el pago del subsidio tanto cuando se produjo la herencia como cuando se formalizó la venta del inmueble. Posteriormente, la Administración reanudó los pagos.
Sin embargo, meses después reclamó a la beneficiaria la devolución de todo lo percibido entre enero de 2022 y noviembre de 2023. La cantidad reclamada ascendió exactamente a 9.685,95 euros.
La mujer se opuso a la reclamación. Durante el primer procedimiento judicial aportó documentación para demostrar que ella misma había comunicado al SEPE tanto la recepción de la herencia como la posterior venta del inmueble.
Su argumento era que, al haber informado de ambas operaciones, la devolución debía limitarse únicamente a las mensualidades directamente afectadas y no extenderse a todo el subsidio para mayores de 52 años recibido durante ese período.
El Juzgado de lo Social número 1 de Valencia no aceptó esta interpretación y respaldó la reclamación del SEPE. Posteriormente, el caso llegó al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Qué dice la Justicia sobre cobrar una herencia mientras se recibe el subsidio
Este es uno de los aspectos centrales del caso. Según la argumentación recogida en la resolución, la herencia como tal no computa de la misma manera que los rendimientos generados posteriormente por los bienes recibidos.
El TSJCV analizó la evolución de los ingresos de la beneficiaria después de recibir la herencia. La conclusión fue que sus ingresos mensuales habían aumentado y habían terminado superando el límite económico aplicable al subsidio para mayores de 52 años.
La resolución considera que la nueva “situación económica era incompatible con percibir el subsidio para mayores de 52 años”.
Por tanto, el elemento determinante no fue exclusivamente que la mujer pasara a ser heredera de determinados bienes, sino cómo esos bienes y las operaciones realizadas posteriormente repercutieron sobre las rentas que debían tenerse en cuenta para comprobar si continuaba cumpliendo los requisitos.
Recibir una herencia no significa perder automáticamente el subsidio para mayores de 52 años
El caso requiere una precisión importante. Cobrar una herencia no implica automáticamente que cualquier beneficiario vaya a perder el subsidio para mayores de 52 años ni que tenga que devolverlo.
La clave está en determinar qué conceptos computan como rentas a efectos de la prestación y comprobar si, una vez aplicadas las reglas correspondientes, el beneficiario continúa por debajo del límite establecido.
En el caso de Valencia, el TSJCV puso el foco en los rendimientos derivados de los bienes recibidos y en el incremento de los ingresos mensuales de la beneficiaria.
Por eso, extrapolar la sentencia como una prohibición general de heredar mientras se cobra el subsidio sería incorrecto. Cada situación depende de la composición de la herencia, de los rendimientos obtenidos y de cómo estos repercutan sobre los requisitos económicos exigidos.
La venta del piso heredado dejó 76.500 euros a la beneficiaria
Uno de los datos que aparece en el procedimiento es la operación realizada con el inmueble heredado. La vivienda tenía un valor de 85.880,29 euros cuando los hermanos la recibieron.
En mayo de 2022 fue vendida por 153.000 euros. Al repartirse el importe entre ambos, la mujer ingresó 76.500 euros en su cuenta bancaria.
La beneficiaria argumentó también que el hecho de continuar percibiendo el subsidio para mayores de 52 años después de comunicar su situación respondía a un error de la Administración.
El TSJCV rechazó esta argumentación en el caso concreto y respaldó la resolución anterior que obligaba a reintegrar los 9685,95 euros reclamados por el SEPE.
Qué deben tener en cuenta quienes cobran el subsidio para mayores de 52 años y reciben una herencia
El caso sirve para diferenciar dos cuestiones que pueden confundirse fácilmente: recibir una herencia y obtener rentas o rendimientos derivados de los bienes heredados.
Que una persona reciba una vivienda, dinero u otros bienes no permite concluir automáticamente que perderá el subsidio. Sin embargo, la nueva situación patrimonial puede generar rendimientos que sí tengan consecuencias sobre el requisito de rentas.
Esto obliga a prestar especial atención a operaciones posteriores. El alquiler de un inmueble heredado, determinados rendimientos de capital o la venta de bienes pueden tener efectos distintos que deben analizarse conforme a las reglas aplicables al subsidio para mayores de 52 años.
También es importante comunicar al SEPE los cambios que puedan afectar al cumplimiento de los requisitos. En este caso, la propia beneficiaria había informado tanto de la herencia como de la compraventa, aunque esa comunicación no evitó finalmente la reclamación.
El requisito económico que puede hacer perder el subsidio para mayores de 52 años
El subsidio para mayores de 52 años está condicionado, entre otros requisitos, al cumplimiento de un límite de rentas. Por ello, la situación económica del beneficiario debe seguir ajustándose a las condiciones establecidas mientras mantiene la prestación.
Una modificación importante de los ingresos puede afectar a ese derecho. Precisamente esta fue la cuestión analizada por la Justicia en el caso de la beneficiaria valenciana.
El TSJCV entendió que, tras recibir la herencia y atendiendo a los rendimientos computables, sus ingresos habían superado el límite correspondiente y su situación económica había dejado de ser compatible con el cobro de la prestación.
El resultado es una consecuencia económica considerable: deberá devolver al SEPE 9685,95 euros correspondientes a las cantidades que la Administración considera indebidamente percibidas entre enero de 2022 y noviembre de 2023.