En esta noticia

El Impuesto de Sucesiones en España ha sido históricamente uno de los tributos más temidos por los herederos debido a la enorme carga financiera que puede suponer recibir un legado. Sin embargo, una reciente normativa autonómica ha revolucionado por completo este panorama fiscal para miles de contribuyentes.

Con el objetivo de proteger la supervivencia de la economía local y facilitar la transmisión del patrimonio, el Gobierno regional confirmó una bonificación histórica del 99% en este trámite. Pero, ¿quiénes pueden beneficiarse exactamente de esta medida y qué requisitos indispensables exige la ley para no perder el descuento?

Adiós al impuesto de Sucesiones | El Gobierno confirmó un descuento del 99% en el trámite si cumplen esta condiciónShutterstock

Para quién está dirigido el beneficio de no pagar el impuesto de Sucesiones

La Comunidad de Madrid marcó un hito en el panorama tributario con la entrada en vigor de la nueva Ley de Apoyo a la Empresa Familiar (Ley 3/2026, de 30 de junio), publicada de forma oficial en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

Según reportó detalladamente el portal especializado Diario AyE, esta norma eleva la deducción fiscal del 95% al 99% en las transmisiones de negocios, buscando evitar que los herederos tengan que cerrar o malvender su empresa familiar para afrontar deudas impositivas.

La condición importante que hay que cumplir para acceder al beneficio

Para consolidar este gran beneficio del 99%, la normativa madrileña impone una condición indispensable: los adquirentes deben conservar los bienes y la actividad empresarial durante un plazo mínimo de cinco años.

Desde el propio Gobierno de la Comunidad de Madrid destacan que este plazo es sustancialmente menor que los diez años exigidos a nivel estatal, ofreciendo un margen de maniobra inigualable para la reestructuración o el crecimiento del negocio familiar heredado.

Beneficiarios ampliados: de herederos directos a empleados clave

Los análisis técnicos de prestigiosas firmas legales como Garrigues y PwC (Periscopio Fiscal y Legal) detallan que el descuento ya no se limita únicamente a cónyuges e hijos. El círculo de beneficiarios se ha ensanchado considerablemente de la siguiente manera:

  • Se incorporan parientes colaterales de segundo, tercer y cuarto grado, tales como hermanos, tíos, sobrinos y primos.
  • Se incluye a empleados con más de 10 años de antigüedad que hayan desempeñado cargos de dirección en la empresa familiar.
Adiós al impuesto de Sucesiones | El Gobierno confirmó un descuento del 99% en el trámite si cumplen esta condiciónMagnific

Se eliminan trabas de edad y exclusividad de ingresos

Como describe el informe técnico de PwC, la nueva ley elimina dos de los obstáculos más comunes de la legislación previa que limitaban la exención para los autónomos. Por un lado, ya no se requiere que el donante sea mayor de 65 años para realizar el traspaso en vida.

Por el otro, se elimina la condición de que la actividad de la empresa constituya la principal fuente de ingresos del titular, democratizando enormemente el acceso a la bonificación.

La cláusula del testamento que permite esquivar el pago del impuesto

A pesar de estas exenciones para empresas, recibir herencias ajenas a un negocio sigue conllevando retos monetarios. Precisamente, existe una alternativa legal redactada en vida: incluir en el testamento una cláusula que estipule que el tercio de libre disposición de la herencia se destinará al pago del Impuesto de Sucesiones.

Mediante esta vía, la entidad bancaria correspondiente emite un cheque a nombre de la Agencia Tributaria con cargo directo a los fondos del causante, permitiendo que los herederos tramiten la adjudicación de bienes sin necesidad de aportar sus propios recursos financieros.