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El próximo viernes 26 el oficialismo buscará convertir en ley los proyectos de Inocencia Fiscal y de Presupuesto 2026, que fueron aprobados por diputados en la madrugada del jueves pasado.
El oficialismo decidió impulsar el dictamen de comisión sobre el presupuesto con los cambios introducidos por la Cámara de Diputados, donde se rechazó el capítulo XI que contemplaba en su artículo 75 la derogación de las leyes de discapacidad y Universidades.
Si bien el Gobierno había planteado el viernes pasado que quería volver a incluir ese capítulo, el rechazo de los radicales y provinciales fueron determinantes para que LLA propicie un despacho sin realizar ninguna reforma respecto del texto votado en diputados
Así, desde Casa Rosada confían en tener el apoyo del radicalismo que puede aportar una decena de votos, el PRO, los dos misioneros del Frente de la Concordia y las senadoras de Tucumán, de Salta y Neuquén.
Sin embargo, del lado opositor todavía hay esperanzas de empantanar los planes de Milei y compañía. Para eso, apuntan estratégicamente a un artículo que, en caso de ser rechazado, podría poner en jaque la aprobación de la ley de gastos.
Presupuesto 2026: qué dice el artículo que puede poner en jaque al Gobierno en el Senado
El artículo 30 del proyecto dispone la derogación, partir del ejercicio fiscal 2026, de partidas vinculadas a fondos educativos, ciencia y tecnología, y al Fondo Nacional de la Defensa.
En lo que respecta al ámbito educativo, se pretende derogar el artículo 9º de la Ley Nº 26.206 de Educación Nacional que obliga al Estado a invertir el 6% del PBI en educación, como así también el artículo 52 de la Ley Nº 26.058 de Educación Técnico Profesional, que asigna recursos adicionales a la partida que maneja el Ministerio de Educación para financiar acciones como la adquisición de equipamiento para talleres y laboratorios, insumos para prácticas formativas, mantenimiento de equipos, y el desarrollo de proyectos institucionales.
También se busca eliminar los artículos 5º, 6º y 7º de la Ley Nº 27.614 de Financiamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, que fijan metas concretas de inversión.
El artículo 5° establece que el presupuesto destinado a la función ciencia y técnica debe alcanzar como mínimo el 1% del PBI, con incrementos anuales graduales hasta llegar a ese objetivo. El artículo 6°, en tanto, especifica cómo debe distribuirse ese presupuesto entre diferentes organismos del sistema científico-tecnológico nacional, incluyendo CONICET, universidades nacionales, y otros entes de investigación.
El artículo 7° complementa el esquema estableciendo que los recursos asignados a esta función no pueden ser inferiores, en términos reales, a los del ejercicio fiscal anterior, garantizando así un piso mínimo de financiamiento que protege al sistema de recortes abruptos.
Finalmente, el oficialismo busca eliminar el inciso 1 del artículo 4º de la Ley Nº 27.565 del Fondo Nacional de la Defensa, que establece un esquema de financiamiento progresivo para el reequipamiento de las Fuerzas Armadas.
Si el artículo 30, que incluye todas estas derogaciones, cae en la votación en particular, el proyecto completo podría naufragar, lo que implicaría una tercera prórroga consecutiva del presupuesto vigente.