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Con el objetivo de fortalecer los controles en el mercado de capitales y precisar las condiciones operativas en el uso de cheques, la Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General N° 1141, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
La norma se inscribe en el marco de las políticas de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, y complementa los cambios recientes introducidos por la RG N° 1139, que eliminó el uso de efectivo e incorporó el cheque electrónico como medio válido para operar.
En este contexto, el organismo avanzó con nuevas precisiones para garantizar la transparencia y trazabilidad de las transacciones entre los agentes registrados y sus clientes, sin modificar el esquema impositivo vigente.
Más control sobre los pagos
El eje principal de la resolución pasa por la ratificación de un límite operativo que alcanza a todos los sujetos obligados registrados ante la CNV. Según estableció el organismo, no podrán realizarse más de dos pagos de fondos por día y por cliente mediante cheques, ya sean físicos o electrónicos.
La medida busca evitar conductas irregulares tras los cambios recientes en la operatoria. En los considerandos, la CNV señaló que resulta necesario “mantener el límite en la cantidad de pagos que podrán efectuar mediante la utilización de cheques de cualquier naturaleza, por día y por cliente, el cual no podrá exceder de dos”.
Cómo deben emitirse y utilizarse los cheques
La resolución también introduce precisiones sobre las condiciones de uso de los distintos instrumentos. En el caso de los cheques físicos, se establece que:
- Deben estar librados contra cuentas corrientes en entidades financieras autorizadas por el BCRA
- Deben ser de titularidad o cotitularidad del cliente
- También podrán emitirse a favor del cliente con endoso completo, siempre que exista autorización expresa
Para los pagos a clientes, la norma exige que los cheques:
- Sean emitidos a la orden del cliente, o
- Incluyan cláusula “no a la orden” y estén “cruzados”, lo que obliga a su depósito en cuenta
Cheques electrónicos y trazabilidad de las operaciones
Uno de los ejes de la resolución es el tratamiento del cheque electrónico (eCheq), incorporado recientemente al esquema regulatorio de la CNV. En este punto, la norma aclara que “no se aplicarán limitaciones en materia de cantidad de endosos, debiendo garantizarse su trazabilidad tanto para la recepción como la entrega del instrumento”.
Además, el organismo precisó que el ingreso de cheques destinados a operar en el mercado de capitales continúa sin limitaciones. Esto implica que las restricciones se concentran exclusivamente en los pagos que realizan los intermediarios a sus clientes, y no en la operatoria de ingreso de fondos.
En la práctica, el eCheq aparece como una herramienta que puede agilizar el funcionamiento del sistema: elimina la necesidad de manejar documentos físicos, reduce errores formales y permite gestionar la emisión, el endoso y el depósito a través de canales digitales, con menores costos administrativos.
Política antilavado
La RG 1141 se inscribe en la estrategia de adecuación a los estándares de la Unidad de Información Financiera (UIF), organismo creado por la Ley de Lavado de Activos para prevenir delitos financieros.
En ese marco, la CNV recordó que está facultada para dictar normas complementarias a las directivas de la UIF, y que las modificaciones recientes buscan fortalecer el sistema de control del mercado sin alterar el marco tributario vigente.
La aplicación de la medida será inmediata. Según el texto oficial, la resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su dictado, por lo que sus disposiciones ya comenzaron a regir tras su publicación en el Boletín Oficial.