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La Inspección General de Justicia (IGJ) cambió este martes las reglas para anotar empresas y otras personas jurídicas, con la finalidad de hacer más simple y rápido el trámite. El cambio se hizo oficial a través de la Resolución General 11/2026, publicada en el Boletín Oficial.
La medida busca eliminar trabas y bajar los costos para inscribir una empresa. Entre los cambios más importantes, ahora es más fácil explicar a qué se va a dedicar la sociedad y, por primera vez, se permite pagar parte del capital con criptomonedas.
Menos trabas para crear una empresa
Anteriormente, si una empresa quería dedicarse a varias actividades distintas, tenía que explicar por qué esas actividades estaban relacionadas entre sí. Ahora ya no hace falta: la empresa puede sumar todas las que quiera sin tener que justificar la conexión entre ellas. Tampoco será obligatorio que el capital que se pone para arrancar la empresa “combine” con esas actividades.
Para las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), un tipo de empresa muy usado por emprendedores, se confirma que alcanza con poner que van a “realizar cualquier actividad lícita”, sin tener que detallar más.
Cómo se podrá pagar ahora con criptomonedas
Hay tres formas nuevas de demostrar que un socio puso el dinero que le corresponde. Si el monto en efectivo es chico —igual o menor a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM)—, alcanza con que el socio firme una declaración jurada diciendo que puso esa cantidad, sin más trámites.
Para pagar con criptomonedas, la norma pide identificar qué moneda digital se usa, demostrar que esa plata digital era realmente del socio antes de aportarla y depositarla en una billetera o plataforma de una empresa autorizada para manejar criptoactivos (un PSAV), que además tiene que estar registrada ante la Comisión Nacional de Valores (CNV). En las SAS, si un socio aporta algo que no es dinero (por ejemplo, una maquinaria), todos los socios pueden ponerse de acuerdo en cuánto vale eso, sin necesidad de pedir una tasación de afuera.
Otros cambios: domicilio online y reserva de nombres
La resolución también permite que una empresa tenga, además de su dirección física, una especie de “domicilio online” adicional. Y ahora se pueden reservar hasta tres nombres posibles para la futura empresa por 30 días, para evitar que alguien más registre ese nombre mientras se hacen los trámites.
Por último, la norma promueve que las empresas incluyan en sus estatutos una cláusula para resolver conflictos entre socios mediante arbitraje, en lugar de ir directo a la justicia.