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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ofrece un régimen especial que habilita a los trabajadores a acceder a una jubilación anticipada. Se trata de un beneficio previsional que permite un retiro a los 45 años en ciertos casos.
A diferencia de una moratoria, no se trata de una compra de periodos de aportes, sino de una prestación para proteger a quienes sufren alguna disminución física.
Cómo tramitar la jubilación a los 45 años
El organismo a cargo de Sandra Pettovello mantiene activo el régimen de jubilación para trabajadores que hayan sufrido disminución física.
Podrá ser tramitado a los 45 años por empleados que hayan desarrollado tareas en relación de dependencia y a los 50 años por autónomos y monotributistas.
Se debe acreditar fehacientemente que durante los últimos 10 años anteriores al cese de actividades (o a la solicitud del retiro) se haya prestado servicio con algún estado de disminución física mayor al 33%. En la misma línea, se exigen por lo menos 20 años de servicios con aportes.
Documentos necesarios para realizar el trámite
Quienes cuenten con los requisitos deberán reunir la siguiente documentación y luego presentarse de forma presencial con turno previo en alguna oficina de ANSES:
Trabajadores en relación de dependencia
- DNI
- Formulario “Declaración Jurada sobre la eventual percepción de prestación no adheridas al SIPA o en FF.AA.” (PS 6.284) firmado por el solicitante.
- Formulario “Certificación de Servicios y Remuneraciones” (PS 6.2).
- Formulario de “Afectación de Haberes” (PS 6.1) debidamente certificado si trabajó en un organismo nacional y su haber tuvo descuentos de seguro de vida o préstamo.
- Formulario “Derivación de Aportes de Obra Social” (PS 5.7), si se desea elegir la misma obra social de su actividad laboral.
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Si no cuenta con certificación de servicios, podrá presentarse recibos de sueldo con aportes, comprobante de afiliación a obras sociales y/o gremios, original y copia, constancia de afiliación anterior a la asignación del CUIL (ex cajas), original y copia o el formulario DDJJ Testimonial Acreditación de Servicios (PS 6.8).
Trabajadores autónomos
- Formularios 558/A – 558/B y 558/C “Solicitud de Determinación de Deuda y Situación de Revista Autónomos – Declaración Jurada – SICAM” de ARCA.
Cuándo cobran los jubilados
El organismo previsional publicó el calendario de pagos para los jubilados de mayo:
Jubilados y pensionados que cobran la mínima
- DNI terminados en 0: lunes 11 de mayo
- DNI terminados en 1: martes 12 de mayo
- DNI terminados en 2: miércoles 13 de mayo
- DNI terminados en 3: jueves 14 de mayo
- DNI terminados en 4: viernes 15 de mayo
- DNI terminados en 5: lunes 18 de mayo
- DNI terminados en 6: martes 19 de mayo
- DNI terminados en 7: miércoles 20 de mayo
- DNI terminados en 8: jueves 21 de mayo
- DNI terminados en 9: viernes 22 de mayo
Jubilados y pensionados con haberes superiores al mínimo
- DNI terminados en 0 y 1: viernes 22 de mayo
- DNI terminados en 2 y 3: martes 26 de mayo
- DNI terminados en 4 y 5: miércoles 27 de mayo
- DNI terminados en 6 y 7: jueves 28 de mayo
- DNI terminados en 8 y 9: viernes 29 de mayo