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La Ley de Inocencia Fiscal busca, según sus autores, dar mayor previsibilidad a quienes ingresan al régimen simplificado, pero esa protección no significa que una declaración jurada quede fuera del alcance de ARCA.

El régimen contempla dos beneficios especialmente relevantes: el efecto liberatorio del pago y una presunción de exactitud sobre las declaraciones juradas correspondientes a los períodos no prescriptos. En términos sencillos, se trata de una protección frente a futuras determinaciones del fisco, pero que puede ser cuestionada si ARCA encuentra determinadas inconsistencias en las declaraciones presentadas.

Pero existen errores pueden hacer que esa protección quede en riesgo.

Según explica el tributarista Mariano Ghirardotti, el fisco primero debe impugnar la declaración jurada y sólo puede hacerlo si detecta determinadas situaciones previstas por el régimen. No alcanza con encontrar cualquier diferencia.

En algunos casos, además, la inconsistencia debe superar un umbral considerado “significativo”.

Inocencia Fiscal: qué errores puede detectar ARCA

Ghirardotti explicó que existen distintas situaciones que pueden habilitar la impugnación de una declaración jurada.

En lo que refiere a Inocencia Fiscal, es necesario ver cuándo ARCA puede impugnar una DDJJ y cómo opera la discrepancia significativa.

En relación con el efecto liberatorio del pago, aparecen tres posibilidades principales: la omisión de ingresos, las deducciones improcedentes y la detección de facturas apócrifas.

Para la presunción de exactitud, se suma además el cómputo de pagos a cuenta improcedentes. Pero no todas estas situaciones funcionan de la misma manera.

En el caso de la omisión de ingresos y las deducciones improcedentes, la diferencia debe alcanzar una determinada magnitud para que ARCA pueda avanzar con la impugnación.

“El camino para que el contribuyente pierda el efecto liberatorio del pago y la presunción de exactitud implica varios pasos. Primero, el fisco tiene que impugnar la declaración jurada, pero sólo puede hacerlo si detecta alguna de tres cuestiones”, explicó Ghirardotti.

Y agregó: “Con relación al efecto liberatorio del pago serían omisión de ingresos, deducciones improcedentes o detección de facturas apócrifas, lo que generaría la posibilidad de impugnar, pero siempre que en los dos primeros casos impliquen una divergencia significativa”.

El 15%: cuándo un error se vuelve una divergencia significativa

Uno de los datos centrales para entender el régimen es el concepto de divergencia significativa. Según la explicación del especialista, a grandes rasgos se considera significativa una diferencia en el impuesto determinado a favor del fisco de no menos del 15%.

El mismo criterio se aplica cuando existe un quebranto: la diferencia debe superar ese umbral para quedar comprendida dentro de la causal correspondiente.

“En caso de presunción de exactitud se agrega el cómputo de pagos a cuenta improcedentes a la posibilidad de impugnar la declaración jurada. La discrepancia significativa, a grandes rasgos, es una diferencia en el impuesto determinado a favor del fisco de no menos del 15%, lo mismo para quebrantos”, dijo.

Esto significa que no cualquier error en una declaración jurada implica automáticamente la pérdida de la protección.

La diferencia relevante es entre una inconsistencia que puede ser corregida y una que alcanza los parámetros establecidos por el régimen para habilitar una impugnación.

Los errores que pueden poner en riesgo la protección

Omisión de ingresosPuede habilitar una impugnación si genera una divergencia significativa
Deducciones improcedentesPuede habilitar una impugnación si generan una divergencia significativa
Facturas apócrifasPuede habilitar una impugnación
Pagos a cuenta improcedentesSe suma como causal para la presunción de exactitud
Diferencia menor al umbral significativoNo alcanza, por sí sola, el parámetro señalado por el especialista

Qué pasa si ARCA encuentra una diferencia

La detección de una inconsistencia tampoco significa necesariamente que el contribuyente pierda de manera inmediata el efecto liberatorio del pago o la presunción de exactitud.

La nueva modificación incorporada por la llamada Inocencia Fiscal II contempla una instancia para subsanar la divergencia.

Según explica Ghirardotti, una vez que ARCA realiza una liquidación administrativa, el contribuyente dispone de 15 días para aceptar la diferencia, presentar la correspondiente rectificativa y pagar el impuesto reclamado junto con sus accesorios.

“A partir de la Inocencia Fiscal II la nueva modificación del texto legal da la posibilidad de subsanar cualquier discrepancia significativa mediante una rectificativa dentro de los 15 días de recibida la liquidación administrativa, pagando el impuesto más sus accesorios”, señaló.

La posibilidad es relevante porque introduce una instancia adicional antes de que la protección quede definitivamente comprometida. El contribuyente puede reconocer la diferencia detectada, corregir su declaración y cancelar el saldo reclamado.

Efecto liberatorio del pago: qué significa

El efecto liberatorio del pago implica que, cumplidas las condiciones previstas, el pago realizado bajo el régimen tiene un alcance liberatorio respecto de las obligaciones alcanzadas.

La presunción de exactitud, por su parte, protege las declaraciones juradas correspondientes a los períodos no prescriptos bajo las condiciones establecidas.

Ghirardotti explicó que, para desbloquear esas protecciones, ARCA necesita encontrar las inconsistencias previstas por la normativa y, en los casos correspondientes, que esas diferencias alcancen la magnitud considerada significativa.

Qué debería mirar alguien que se adhiere al régimen

La principal recomendación que surge del análisis de Ghirardotti es que la protección de la Inocencia Fiscal no debe confundirse con una inmunidad frente a cualquier revisión.

El contribuyente debería prestar especial atención a los datos que forman parte de sus declaraciones juradas: ingresos declarados, deducciones, facturas utilizadas y pagos a cuenta. También debería conservar la documentación que respalde esos datos.