Tal como lo anticipó El Cronista, a una semana de la apertura de los sobres de los primeros proyectos de Participación Público-Privada (PPP), el Gobierno oficializó el decreto que "alivia" la presión impositiva sobre este tipo de iniciativas.

A través del Decreto 300/2018, publicado hoy en el Boletín Oficial, la administración del presidente Mauricio Macri resolvió "eliminar la obligación de pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA)" para los fondos que participen de proyectos de PPP.

La norma establece que el componente de interés de los certificados, valores negociables de los certificados, títulos valores, actas o instrumentos de reconocimiento de la inversión o prestación a cargo del contratista PPP, que emita el Fideicomiso Individual PPP, "tendrá respecto del IVA el tratamiento previsto en el artículo 74° de la ley de Presupuesto Nacional".

El mencionado artículo dispone que para los fondos de PPP el tratamiento impositivo será el mismo previsto en la Ley de Obligaciones Negociables, en su artículo 36°, que determina "la exención del IVA y del impuesto sobre la transferencia de títulos valores".

De esta forma, el Gobierno busca dar respuesta a las quejas de empresarios locales que habían señalado que, como estaban planteadas, las obras PPP podían resultar más caras que las licitaciones normales.

Esa queja fue replicada por los empresarios españoles que acompañaron a Mariano Rajoy en su visita reciente al país.

Arbitraje con prórroga de jurisdicción

Paralelamente, otro decreto del Poder Ejecutivo, el 299, incluyó el "arbitraje con prórroga de jurisdicción como mecanismo de solución de controversias" para los contratos de PPP que resulten de la adjudicación de mejora de corredores viales nacionales, cuya licitación fue convocada el 26 de enero pasado.

Esta inclusión permitirá que en caso de que el adjudicatario tenga accionistas extranjeros, pueda concurrir a "tribunales arbitrales extranjeros con sede en un Estado que sea parte en la Convención sobre Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras (Nueva York, 1958)", si fuese necesario.

La medida se tomó ahora para la licitación del proyecto Red de Autopistas y Rutas Seguras PPP; y para los corredores viales A, B, C E, F y Sur. El decreto publicado hoy aclaró que "la prórroga de jurisdicción" a favor de tribunales arbitrales extranjeros, "no implicará renuncia a la inmunidad de ejecución por la República Argentina.