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LaAdministración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)pagará un bono de $ 380.000 por única vez, que se acreditará junto con los haberes de junio. ¿A quiénes contempla y cuáles son los requisitos?

Tras conocerse el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de abril 2025, el organismo previsional ratificó un aumento de 2,8%sobre los haberes jubilatorios, pensiones y demás prestaciones socialespara el mes entrante.

ANSES pagará un bono de $ 380.000 en junio: quiénes lo cobran


Los diferentes programas dependientes del Sistema Único de Asignaciones Familiares o la Asignación Universal por Hijo (AUH) tendrán un aumento del 2,8%, en correspondencia con el dato de la inflación de abril 2025.

En esta línea, ANSES también incrementó los montos pertenecientes la Asignación por Pago Único (APU). Desde junio, los titulares que hayan solicitado el beneficio por adopción percibirán una suma aproximada de $ 381.597.

Los grupos que pueden solicitar el bono son:

  • Personas en relación de dependencia.
  • Trabajadores que perciban ingresos de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
  • Trabajadores temporarios y rurales.
  • Beneficiarios de la Prestación por Desempleo.
  • Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra.

Vale destacar que no podrán superar el tope de ingresos familiares conjuntos, que equivale a $ 3.917.492; mientras que el individual es de $ 1.958.746.

¿Cuáles son los otros bonos de la Asignación por Pago Único?


Las personas podrán inscribirse a tres bonos de APU, de acuerdo a su situación actual. Los mismos se acreditarán una única vez y mantendrán los siguientes valores a partir de junio:

  • Por nacimiento: $ 63.820 (en mayo fue $ 62.093)
  • Por matrimonio: $ 95.561 (en mayo fue $ 92.976)
  • Por adopción: $ 381.597 (en mayo fue $ 371.275)

¿Qué documentación se necesita para poder cobrar?

Los solicitantes que quieran aplicar a este beneficio tendrán que presentar la siguiente documentación:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) del menor y los adoptantes
  • Acta de adopción.

Vale destacar que deberán iniciar el trámite dentro de los dos meses posteriores a que se efectúe.