
Fuente: Archivo

A menos de dos horas del cierre de los centros de votación, la Cámara Nacional Electoral (CNE) informó que ya votó el 66% del padrón.
Si bien la ley establece la obligatoriedad en el sufragio, existen excepciones válidas. No obstante, dicha justificación deberá ser presentada ante la Justicia Nacional Electoral (JNE) dentro de los 60 días posteriores.
Para regularizar la situación de infracción ante el Registro de Infractores, la o el elector deberá abonar la multa prevista en el artículo 125 del Código Electoral Nacional y la Acordada 13/2013 de la Cámara Nacional Electoral (CNE).
Para la operatoria, se dispondrá de la cancelación en las sucursales del Banco Nación o bien por otros medios electrónicos.

