El Gobierno derogó las resoluciones que obligaban a los importadores a tramitar un certificado de autorización para ingresar productos al país, y flexibilizó, así, los controles vigentes en esta materia.
La nueva norma rige para 17 de 18 rubros para los cuales estaba vigente el sistema de licencias no automáticas y alcanza al papel, artículos para el hogar, juguetes, calzado, motocicletas, cubiertas de bicicletas, pelotas, productos textiles, manufacturas diversas, partes de calzado, productos metalúrgicos, hilados, tejidos, neumáticos, tornillos, autopartes, y vehículos, entre otros.
Mediante la
publicada este viernes en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía dejó sin efecto los requisitos al considerar que ‘por cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia, en el estadio de cumplimiento de los objetivos oportunamente fijados en las normas anuladas, toman procedente su derogación‘.
Entre las 17 normas derogadas se encuentra la resolución 45/2011, que ampliaba a casi 600 productos la obligatoriedad de tramitar la licencia no automática.