El senador justicialista Miguel Angel Pichetto presentó un proyecto de ley para evitar que el Impuesto a las ganancias afecte al bono de fin de año de $ 5000 dispuesto por el decreto del Gobierno para trabajadores del sector privado, así como estatales y fuerzas de seguridad.
El proyecto dice que, a los fines de la determinación del Impuesto a las Ganancias correspondiente a la asignación no remunerativa establecida por el Gobierno, y a cualquier otra asignación de similar naturaleza que disponga el Poder Ejecutivo nacional en el transcurso de este año, se deberá incrementar en un monto similar a dicha asignación el importe de la deducción especial.
La iniciativa indica que esto vale exclusivamente para empleados públicos, trabajadores en relación de dependencia y jubilados.
Pichetto presentó este proyecto luego de que El Cronista alertó en su edición de hoy que el bono obligatorio que otorgó el Gobierno puede tener consecuencias inesperadas para aquellos que hoy no tributan el Impuesto a las Ganancias o para quienes están cerca de cambiar de alícuota en la escala, por lo que las empresas ya consultan cómo liquidar el beneficio.
Toda remuneración que supera el mínimo no imponible (hoy en $ 29.855 para solteros y $ 39.495 para casado con dos hijos) y las deducciones establecidas por ley, tributa el Impuesto a las Ganancias independientemente de su carácter remunerativo o no.
Dado que el Poder Ejecutivo tiene vedada la posibilidad de otorgar exenciones, el plus tributa el Impuesto a las Ganancias y se incorpora como una ganancia más en la determinación del impuesto.
Frente al anuncio del bono de fin de año, muchos piensan que van a recibir los $ 5000, o en dos tramos, que no será el que vean acreditados en sus cuentas con la liquidación de sus respectivos haberes por efecto del descuento tributario.
Por otra parte, al tributar el Impuesto a las Ganancias hay casos en los que por la incorporación del bono, se produce un salto de tramo en la tabla de alícuotas que determina el impuesto definitivo a pagar por el empleado, debiendo pagar más de lo que le corresponde sin la incorporación de este nuevo concepto.
En cuanto al bono en sí, el decreto establece en resumen una asignación no remunerativa (ANR) con las siguientes características:
- Es de $ 5000, a abonarse en dos cuotas iguales, junto a las remuneraciones de los meses de noviembre de 2018 y enero de 2019, respectivamente.
- El pago será proporcional cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional.
- Se prevé para aquellas actividades o sectores en crisis o declinación productiva la flexibilización del pago de la ANR, que deberá formalizarse mediante Acuerdos convencionales.
- Se establece un régimen de absorción para aquellas actividades que hayan pactado un incremento salarial en concepto de revisión salarial complementaria a la negociación colectiva de 2018 y también para los empleadores que unilateralmente hubiesen otorgado otros incrementos sobre los ingresos de los trabajadores a partir del 1° de enero de 2018.
Se aclara que las nuevas negociaciones colectivas que se celebren para instrumentar sumas en concepto de revisión salarial podrán tomar en cuenta el monto de la presente ANR.
Quedan excluidos del pago de la ANR los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario y Personal de Casas Particulares, como así también los que pertenezcan al sector público nacional, provincial y municipal.