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Finalmente, el ministro de Economía, Luis Caputo tomó la decisión de prorrogar la "Etapa 1" del blanqueo de capitales hasta el 31 de octubre, inclusive frente al pedido de los bancos y los contadores. Ante este cambio, ¿Cuándo conviene exteriorizar dinero en efectivo para poder retirarlo antes?

El pedido estaba y no había incentivos por parte del Gobierno para comunicarlo antes. A seis días para el vencimiento, según lo que establecía la Ley 27.743, Caputo extendió 31 días más la primera y única etapa en donde se puede blanquear dinero en efectivo.

A pesar de que aún no se publicó el decreto en el Boletín Oficial, fuentes oficiales del círculo chico de Caputo comentaron a El Cronista que se oficializará el viernes, el comunicado que emitió el Ministerio de Economía reveló parte de la letra chica.

Al extender la fecha hasta el 31 de octubre, inclusive el Gobierno tuvo que aclarar que sucederá para aquellos que exterioricen hasta u$s 100 mil en cuanto al momento en que se va a poder retirar sin tener que pagar la retención del 5%.

"A partir de este decreto, todas las personas que deseen, podrán depositar su dinero en un banco hasta el 31 de octubre inclusive y podrán retirarlo a partir del 1° de noviembre. Solamente el efectivo, regularizado hasta el 30 de septiembre, podrá ser retirado parcial o totalmente a partir del 1° de octubre, tal como fuera estipulado originalmente", destacaron en el comunicado.

Lo que revela cuándo se debe ingresar para poder retirarlo antes. "Es más conveniente hacerlo hasta el próximo lunes 30 de septiembre, inclusive porque ya el martes tenés disponible poder pasarlo a una caja de ahorro y retirarlos", afirmó el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez.

Una postura con la que estuvo de acuerdo el socio de Ghirardotti & Ghirardotti, Mariano Ghirardotti para quien existirá una importante inclinación por parte de los contribuyentes a adherirse a la iniciativa antes del lunes próximo.

"Quien deposite en septiembre lo podrá retirar el 1º de octubre, aunque tendrá vedada la posibilidad de ampliar el depósito en caso de que haga una extracción", puntualizó sobre la estipulación del Gobierno para evitar que se vuelva a depositar el mismo dinero, evitar el "efecto multiplicador".

Las reglas para más de u$s 100 mil

Para quienes exterioricen dinero por un monto superior a u$s 100 mil las reglas se mantienen sin alternación a pesar de la prórroga: deberán mantenerlo depositado en la Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA) hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive sino quieren pagar la retención del 5%.

La cual, a diferencia de los bienes y otros, se paga sobre el total. "El de efectivo es un mínimo exento, lo que significa que hasta u$s 100 está exento cuando lo supera se paga el 5% -en caso de la primera etapa- sobre todo", declaró el CEO de Lisicki, Litvin & Asociados, César Litvin en conversión con este medio.

Pero no quedaría inmovilizado dadas las posibilidades de inversión y finalidades que se habilitaron Resolución 590/2024 como títulos públicos, acciones, certificados de participación y fondos comunes de inversión y emprendimientos inmobiliarios -inscriptos en el registro de AFIP con grado de avance no mayor al 50%-, la transferencia a otra CERA o a una cuenta común para comprar "bienes productivos".

Estos comprenden maquinaria agrícola, vial, para la construcción e industria en general; pick ups; automóviles de cualquier tipo; motocicletas de cualquier tipo; bienes de consumo durables (lavarropas, televisores, etc.). También se puede recurrir a celulares; bombas y compresores; bienes tecnológicos (estaciones, antenas, routers, chips); computadoras; vehículos; grupos electrógenos; instrumentos de medición; buques de carga; herramientas eléctricas; y bienes tecnológicos (monitores).