El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, oficializó un nuevo acuerdo paritario para las empleadas domésticas y el personal de casas particulares.

Tras la reunión plenaria de la comisión que nuclea al sector, las representaciones patronales y sindicales consensuaron un esquema de recomposición salarial estructurado en cuatro tramos que marcarán el ritmo de los ingresos hasta el inicio del segundo semestre del año.

Según los lineamientos técnicos del entendimiento homologado, la pauta salarial establece incrementos de carácter acumulativo aplicables sobre los salarios mínimos conformados. El sendero de actualización quedó fijado de la siguiente manera:

  • Una suba del 1,8% correspondiente a abril de 2026
  • Un ajuste del 1,6% para el mes de mayo
  • Un 1,5% en junio
  • Un alza del 1,4% para los haberes de julio.

En paralelo a los ajustes porcentuales, la mesa paritaria definió un mecanismo para el saneamiento progresivo de los recibos de sueldo. En este sentido, se dispuso la incorporación a los salarios básicos del 50% de la suma no remunerativa que había sido otorgada durante el mes de marzo de 2026.

Este primer traslado impactará en las liquidaciones de abril, mientras que el 50% restante se integrará de forma definitiva a los básicos en el mes de julio.

Otro de los puntos clave de la negociación fue la readecuación del adicional por zona desfavorable, un ítem de vital importancia para las trabajadoras de determinadas regiones del país.

Las partes resolvieron actualizar este concepto, fijando su importe total en un 31% calculado sobre los salarios mínimos correspondientes a cada una de las categorías estipuladas. Este beneficio cuenta con vigencia a partir del 1° de abril de 2026.

Desde la cartera laboral hicieron especial hincapié en la naturaleza jurídica de los montos acordados. El documento oficial aclara que las escalas convenidas en esta instancia constituyen únicamente los pisos mínimos exigidos legalmente y se enmarcan bajo el concepto de “salario dinámico”.

Esta tipificación garantiza que las partes involucradas en el vínculo laboral privado conserven la potestad de negociar y pactar condiciones salariales superadoras.

Para monitorear la evolución del poder adquisitivo frente a la dinámica macroeconómica, el Gobierno y los actores del sector pautaron una nueva convocatoria de la Comisión para el mes de julio.