Este viernes, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso una prórroga de la fecha de presentación y el pago del impuesto a las Ganancias, Bienes Personales y el Impuesto Cedular.
La extensión del plazo se oficializó a través de la Resolución General 5851/2026, publicada en el Boletín Oficial, la cual explica que el cambio se dispuso a pedido de “diversas entidades representativas de los profesionales en ciencias económicas”.
Según los considerandos, este grupo planteó “la necesidad de contar con un plazo adicional para la correcta y completa confección de las referidas declaraciones juradas”.
Por ende, ARCA definió prorrogar la fecha de presentación de las declaraciones juradas para el período fiscal 2025 y el pago de esos tres gravámenes.
Esta decisión busca “facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”.
Las nuevas fechas de ARCA para las declaraciones juradas
El Artículo 1° de la Resolución General 5851/2026 de ARCA dispone una extensión hasta el próximo lunes 27 de julio de “las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y de pago del saldo resultante de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales“ del período fiscal 2025.
Esto aplica tanto a personas humanas como a sucesiones indivisas y corre tanto para los responsables del régimen general como para quienes se adhirieron al Régimen de Declaración Jurada Simplificada promovido por ARCA.
Esta prórroga también incluye a la presentación de la declaración jurada del impuesto cedular y el pago del saldo resultante, con tiempo hasta el 27 de julio inclusive.
Finalmente, ARCA dispuso como fecha límite para oficializar las declaraciones juradas informativas el viernes 31 de julio. Así queda el nuevo calendario para presentar las declaraciones juradas impositivas y pagarlas:
| Impuesto | |
|---|---|
| Ganancias (personas humanas y sucesiones indivisas) | 27 de julio de 2026 |
| Bienes Personales (personas humanas y sucesiones indivisas) | 27 de julio de 2026 |
| Impuesto Cedular | 27 de julio de 2026 |
| Declaraciones juradas informativas | 31 de julio de 2026 |
La normativa completa
Reunión de Caputo con los contadores: de qué se habló
El cambio de la presentación y el pago de las DD.JJ. impositivas se dispuso horas después de un encuentro entre el ministro de Economía, Luis Caputo, y representantes de los contadores.
El foco del encuentro fue el de abordar las “zonas grises” de la Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa que el Gobierno considera crucial para captar los dólares que se encuentran fuera del sistema financiero formal.
El mismo Caputo destacó el encuentro a través de sus redes sociales: “Excelente reunión con el grupo de contadores, que nos explicaron en detalle sus sugerencias con respecto a la ley de inocencia fiscal. Hubo consenso en que, si implementamos esas modificaciones, habrá muchas más adhesiones al nuevo régimen”.
Tal como detalló El Cronista, los profesionales le acercaron al Ejecutivo dos dudas puntuales sobre el Régimen Simplificado de Ganancias (RSG): el tope de ingresos brutos totales de $ 1000 millones —uno de los requisitos para adherir al esquema junto al límite de patrimonio ($ 10.000 millones)— y las discrepancias significativas —parámetro que limita los beneficios que otorga el régimen—, que se activan en los siguientes casos:
- Ante un incremento de los saldos de impuestos a favor del organismo o, en su caso, una reducción de los quebrantos impositivos o de los saldos a favor de los contribuyentes o responsables, por un porcentaje no inferior al 15% respecto de lo declarado por el contribuyente.
- Si el ajuste supera el equivalente a $ 100 millones (artículo 1° del Régimen Penal Tributario).
- Ante la detección de facturas apócrifas.