La reciente noticia acerca de la decisión de China de avanzar sobre la tributación de activos mantenidos a través de trusts offshore vuelve a poner sobre la mesa un viejo error de política fiscal: creer que el patrimonio internacional permanece inmóvil mientras los gobiernos modifican unilateralmente las reglas que lo afectan.

China, naturalmente, puede decidir gravar a sus residentes fiscales y establecer la política tributaria que considere conveniente; lo que China ni ningún gobierno pueden evitar son las consecuencias económicas de esas medidas.

Después de más de treinta años como abogado especialista en Financal Law & International Wealth Planning, puedo afirmar que esta realidad la he visto repetirse en distintas jurisdicciones: el capital busca seguridad jurídica y cuando percibe que ésta se deteriora, se mueve (así de sencillo).

Tuve oportunidad de trabajar en Hong Kong cuando todavía eran muy visibles los resabios de la administración británica. Allí pude comprobar que las estructuras de planificación patrimonial —y particularmente los trusts— no eran simplemente instrumentos utilizados por empresarios y familias de alto patrimonio para organizar su sucesión, sino que alrededor de esas estructuras existía (y existe) toda una actividad económica.

Efectivamente, los trusts requieren actividad de bancos, trustees abogados, contadores, asesores financieros, realtors, etc. Los activos mantenidos dentro de esas estructuras sirven -además- como respaldo para financiamiento bancario en tanto los empresarios pueden obtener préstamos garantizados por esos mismos trusts para adquirir capital de trabajo, invertir en sus compañías o desarrollar nuevos negocios; y todo eso implica creación de trabajo genuino.

China, presidente Xi Jinping - agencia Xinhua

Es decir, el patrimonio no permanece necesariamente inmovilizado dentro de una estructura jurídica: genera actividad económica a su alrededor. Por eso considero particularmente desacertado analizar este tipo de medidas exclusivamente desde la óptica recaudatoria.

Las familias con patrimonios internacionales importantes tienen acceso a profesionales internacionales; si una jurisdicción deja de ofrecer condiciones razonables de estabilidad, previsibilidad y seguridad jurídica, existen otras dispuestas a recibir esas estructuras y los activos vinculados con ellas. De hecho, según información publicada recientemente, algunas familias chinas ya han comenzado a consultar especialistas para evaluar jurisdicciones alternativas respecto de sus trusts offshore.

Esto no significa -necesariamente- que trasladar un trust a otra jurisdicción elimine las obligaciones tributarias que pueda tener una persona frente a China; son dos cuestiones diferentes. Pero sí significa que el trust, su trustee, la custodia de sus activos, su administración, sus inversiones y eventualmente el financiamiento relacionado con ese patrimonio pueden terminar desplazándose (y apuesto que lo harán) hacia jurisdicciones más amigables.

Y allí aparece la paradoja: una medida concebida para aumentar la recaudación puede terminar provocando la salida de capital, estructuras y actividad financiera, reduciendo en el mediano y largo plazo aquello de lo que pretendía “servirse”.

Además, estas políticas suelen partir de otra premisa absolutamente equivocada: “afectan principalmente a los ricos”; error brutal; las grandes fortunas son precisamente las que cuentan con mayor capacidad para reorganizar internacionalmente sus patrimonios. Quienes permanecen cautivos de las decisiones de una jurisdicción suelen ser aquellos que no tienen los recursos necesarios para hacerlo.

Por tal motivo, antes de adoptar determinadas políticas fiscales, ciertos gobiernos deberían recordar una regla bastante sencilla: no alcanza con preguntarse cuánto recauda un impuesto mañana; también hay que preguntarse qué comportamiento induce pasado mañana.

Finalmente, traspolando estas conductas a nuestra región, parecería ser que -hoy-Argentina y Paraguay , ambos desregulando e intentando bajar impuestos- son los únicos que han aprendido la lección.