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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) lanzó una advertencia clave para los contribuyentes ya que desde el 12 de agosto de 2025 comienza el calendario tributario para presentar la declaración de renta. Se trata de un trámite obligatorio para las personas naturales que cumplan con ciertos requisitos económicos.

Este proceso permite al Estado conocer los ingresos, gastos, bienes y movimientos financieros del ciudadano durante el año gravable 2024.

En este sentido, omitir este deber puede generar sanciones severas, incluso si no se deben impuestos a pagar.

¿Quiénes están obligados a declarar renta en 2025?

Según la DIAN, deberán declarar renta en 2025 todas las personas naturales que cumplan con alguna de las siguientes condiciones:

  • Ingresos brutos iguales o superiores a $ 65.891.000 durante 2024 (equivalente a 1.400 UVT).
  • Patrimonio bruto igual o superior a $ 211.793.000 al 31 de diciembre de 2024.
  • Consumos con tarjeta de crédito iguales o superiores a $ 65.891.000.
  • Compras totales por un valor igual o superior a $ 65.891.000.
  • Consignaciones bancarias o inversiones por más de $ 65.891.000.

En promedio, quienes hayan recibido más de $ 5.490.916 mensuales en 2024 deberán realizar el trámite. Aquellos que percibieron un salario mínimo mensual no están obligados.

Pico y placa: fechas límite para declarar renta según los dos últimos dígitos de la cédula

La DIAN estableció un calendario tributario que rige a partir del 12 de agosto de 2025. Las fechas se asignan según los dos últimos dígitos del número de cédula:

  • Cédulas terminadas en 01 - 02: deben declarar el 12 de agosto de 2025
  • Cédulas terminadas en 03 - 04: deben declarar el 13 de agosto de 2025
  • Cédulas terminadas en 05 - 06: deben declarar el 14 de agosto de 2025
  • Cédulas terminadas en 07 - 08: deben declarar el 15 de agosto de 2025
  • Cédulas terminadas en 09 - 10: deben declarar el 19 de agosto de 2025
  • Cédulas terminadas en 11 - 12: deben declarar el 20 de agosto de 2025
  • Cédulas terminadas en 13 - 14: deben declarar el 21 de agosto de 2025
  • Cédulas terminadas en 15 - 16: deben declarar el 22 de agosto de 2025
  • Cédulas terminadas en 17 - 18: deben declarar el 25 de agosto de 2025
  • Cédulas terminadas en 19 - 20: deben declarar el 26 de agosto de 2025
  • Cédulas terminadas en 21 - 22: deben declarar el 27 de agosto de 2025
  • Cédulas terminadas en 23 - 24: deben declarar el 28 de agosto de 2025
  • Cédulas terminadas en 25 - 26: deben declarar el 29 de agosto de 2025

Los siete documentos que se deben presentar ante la DIAN

Para completar la declaración de renta correctamente, la DIAN recomienda tener listos los siguientes documentos:

  • Extractos bancarios y de tarjetas de crédito al 31 de diciembre de 2024.
  • Información de créditos bancarios.
  • Últimos recibos del impuesto predial.
  • Últimos impuestos de vehículos.
  • Certificado de medicina prepagada (si aplica).
  • Documento de identificación de dependientes (máximo cuatro).
  • Certificados de ingresos y retenciones de las empresas donde trabajó durante 2024.

DIAN: las sanciones por no declarar a tiempo o hacerlo fuera de plazo

Incumplir con la declaración de renta puede generar consecuencias económicas importantes como la sanción por extemporaneidad, que equivale al 5 % del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso, la sanción mínima que será de $ 498.000 en 2025, incluso si el valor a pagar es cero, una advertencia de la DIAN y una sanción adicional del 10 %: si no se paga dentro del mes posterior a la notificación.

Por otra parte, el usuario percibiría una multa del 20 % en caso de omisión total, se aplicará sobre el valor de los ingresos brutos, consignaciones o la última declaración presentada.