

- Corte Constitucional flexibiliza requisito para heredar la pensión de los padres
- Corte ordena reconocer la sustitución pensional y revisar las pruebas médicas
- Qué se necesita para heredar la pensión de un padre en Colombia
- Qué documentos hay que presentar para solicitar la sustitución pensional de Colpensiones
La pensión de vejez es uno de los principales objetivos de los trabajadores en Colombia. En general, el beneficio se obtiene cuando los hombres cumplen 62 años y 1300 semanas cotizadas, mientras que las mujeres deben tener 57 años y al menos 1250 semanas aportadas al sistema.
Sin embargo, el sistema pensional colombiano también contempla otros tipos de pensiones, como la de invalidez, sobrevivencia y pensión familiar, contempladas en la Ley 100 de 1993. En algunos casos, los requisitos para acceder a estos beneficios han sido flexibilizados por decisiones judiciales.
Recientemente, una decisión de la Corte Constitucional volvió a poner el tema en debate al ordenar revisar los criterios con los que se reconoce la sustitución pensional para hijos con discapacidad.
Corte Constitucional flexibiliza requisito para heredar la pensión de los padres
La Corte Constitucional estudió el caso de un hombre en condición de discapacidad que solicitaba la sustitución pensional de su padre, quien falleció en 2011. El solicitante argumentó que desde su infancia fue diagnosticado con distrofia muscular progresiva múltiple lenta, una enfermedad genética y degenerativa que le ha impedido trabajar y valerse por sí mismo, por lo que dependía económicamente de su familia.

Sin embargo, el acceso al beneficio fue negado inicialmente porque la pérdida de capacidad laboral superior al 50 % fue estructurada en una fecha posterior al fallecimiento del padre, cuando la normativa exige que dicha condición esté acreditada al momento de la muerte del afiliado. Ante esta situación, el ciudadano presentó una acción de tutela contra Colpensiones, la Junta Nacional de Calificación de Invalidez y la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP).
Corte ordena reconocer la sustitución pensional y revisar las pruebas médicas
Tras revisar el caso, la Corte Constitucional concluyó que las entidades realizaron un análisis excesivamente formalista. Mediante la sentencia T-293 de 2025, ordenó a la Junta Nacional de Calificación de Invalidez emitir una nueva decisión y dejar en firme el dictamen de 2024, que estableció una pérdida de capacidad laboral del 50,70 % y fijó como fecha de estructuración el 3 de marzo de 1983.
El tribunal también aclaró que el dictamen de la Junta Nacional de Calificación de Invalidez no es la única prueba válida para determinar la fecha en que una persona pierde su capacidad laboral. Según explicó, esta puede establecerse con base en la historia clínica y otros estudios médicos, evitando formalismos que desconozcan la realidad de quienes padecen enfermedades congénitas, crónicas o degenerativas, por lo que se ordenó a Colpensiones reconocer el pago de la sustitución pensional.

Qué se necesita para heredar la pensión de un padre en Colombia
En Colombia, los hijos pueden acceder a la sustitución pensional cuando el afiliado o pensionado fallece, siempre que cumplan ciertos requisitos establecidos por la Ley 100 de 1993.
En términos generales, los beneficiarios deben demostrar su vínculo familiar y cumplir con condiciones específicas según su situación.
Entre los casos más comunes se encuentran:
- Hijos menores de 18 años, quienes pueden recibir la pensión automáticamente.
- Hijos entre 18 y 25 años, siempre que estén estudiando y dependan económicamente del fallecido.
- Hijos con discapacidad, si demuestran que la pérdida de capacidad laboral es igual o superior al 50 % y que dependían económicamente del padre o la madre.
Qué documentos hay que presentar para solicitar la sustitución pensional de Colpensiones
Para solicitar este beneficio ante Colpensiones o ante un fondo privado, normalmente se deben presentar los siguientes documentos:
- Registro civil de nacimiento del hijo beneficiario.
- Registro civil de defunción del afiliado o pensionado.
- Documento de identidad del solicitante.
- Historia clínica o dictamen de pérdida de capacidad laboral (en caso de discapacidad).
- Certificado de estudios si el beneficiario tiene entre 18 y 25 años.
- Formulario de solicitud de sustitución pensional del fondo correspondiente.
Las entidades encargadas del sistema pensional analizan cada caso para verificar que se cumplan las condiciones legales antes de reconocer el pago del beneficio.











