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El nuevo sistema de pensiones en Colombia, programado para el 1 de julio de 2025 siempre que la Corte Constitucional no lo declare inconstitucional, marcará un antes y un después al ampliar la cobertura y garantizar un ingreso mínimo a las personas mayores de todo el país. Con estas modificaciones, se repartirán más de $200.000 mensuales a un grupo en específico.

Esto se debe a uno de los pilares que implementará la Ley 2381 de 2024 en el sistema de pensiones: el Pilar Solidario. Con este nuevo programa, el objetivo del gobierno de Gustavo Petro es darles un ingreso mensual mínimo a las personas mayores en situación de pobreza extrema o vulnerabilidad, que no tienen pensión ni pueden acceder a una.

Su implementación es sustancial para cerrar una brecha histórica de desigualdad en el territorio colombiano. De hecho, un informe de 2024 realizado por el Centro Interamericano de Estudios de Seguridad Social (CIESS) y la Corporación para el Desarrollo de la Seguridad Social (CODESS) dejaron en evidencia la problemática al revelar que solo el 29,5% de la población mayor de 60 años cuenta con una pensión.

Pilar Solidario: ¿cuánto dinero entregará el programa y quiénes pueden acceder?

El Pilar Solidario, primero en el nuevo sistema, les otorgará a los adultos mayores una Renta Básica Solidaria mensual de $223.800 como apoyo para reducir la pobreza monetaria. De igual forma, el valor referencial podrá actualizarse de ser necesario.

Para acceder a la renta, la persona debe cumplir con los siguientes requisitos:

  1. No recibir pensión de ningún tipo.
  2. Haber vivido en Colombia durante los últimos 10 años.
  3. No ser beneficiario del programa Colombia Mayor.

Reforma pensional: todas las personas que se beneficiarán del primer pilar

De acuerdo a Colpensiones, el primer pilar es más extenso al amparar a diversos grupos poblaciones en situación de vulnerabilidad. De forma general, los beneficiarios serán:

  • Mujeres mayores de 60 y hombres mayores de 65 años que viven en pobreza extrema y vulnerabilidad, y están clasificados en el Sisbén.
  • Mujeres mayores de 50 y hombres mayores de 55 años en situación de pobreza (según el Sisbén), que además tengan una pérdida de capacidad laboral del 50% o superior a ella.
  • Pueblos indígenas, afrocolombianos, raizales y palenqueros registrados en el censo del Ministerio del Interior.
  • Cuidadores de personas con discapacidad que no tienen ingresos propios ni acceso a otros pilares del sistema, que a su vez cumplan con los otros requisitos del Sisbén.
  • Personas de comunidades campesinas que estén inscritas en el Registro Administrativo de Campesinado.

Ley 2381 de 2024: los otros tres pilares que creará la nueva legislación

En caso de avanzar con la reforma pensional, la legislación implementará otros tres pilares nombrados como Semicontributivo, Contributivo y el Pilar de Ahorro Voluntario.

En consecuencia, se reemplazará el sistema anterior establecido por la ley 100 de 1993, en donde existían dos regímenes paralelos: de Prima Media (RPM), administrado por Colpensiones, y de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), a cargo de los fondos privados.