La DIAN activó el calendario de declaración de renta para personas naturales y recordó que la obligación se mide con base en topes y movimientos del año gravable 2024. Entre el 12 de agosto y el 24 de octubre deberán declarar millones de contribuyentes.
Antes de pensar en atajos, hay que entender las reglas. La declaración de renta se liquida con ingresos, compras y consignaciones. También con beneficios que la ley permite, siempre bajo límites determinados.
El truco que pocos usan para ahorrar en la declaración de renta
El truco legal es maximizar la deducción por dependientes económicos combinando dos normas: el artículo 387, que autoriza a deducir el 10% de rentas de trabajo, hasta 32 UVT por mes (384 UVT al año); y el artículo 336 permite deducir72 UVT por cada dependiente, hasta cuatro, sin estar sujeto al tope del 40% o 1.340 UVT.
Con valores 2024, esas cifras equivalen a $18.072.960 (384 UVT) y $3.388.680 por dependiente (72 UVT). El tope global de beneficios se mantiene en 1.340 UVT, es decir, $63.067.100. Así, al documentar varios dependientes, el ahorro puede ser mayor sin romper el límite.
- Intereses para adquisición de vivienda: 1.200 UVT ($56.478.000).
- Aportes voluntarios a cesantías (independientes): 2.500 UVT ($117.662.500).
- Medicina prepagada: 192 UVT ($9.036.480).
- 50% del GMF pagado en el año es deducible.
Cifras y fechas que marcan la diferencia en 2025
El periodo va del 12 de agosto al 24 de octubre y abarca a más de seis millones de personas. Revise cédula por cédula, porque la fecha límite cambia según el NIT.
Estos son los umbrales a tener en cuenta:
- Personas cuyo patrimonio bruto haya sido superior a $211.793.000 pesos colombianos, con corte al 31 de diciembre de 2024.
- Personas cuyos ingresos brutos hayan sido iguales o superiores a $65.891.000 pesos colombianos.
- Personas cuyos consumos de tarjeta de crédito hayan sido superiores a $65.891.000 pesos colombianos.
- Personas cuyas compras y consumos hayan sido superiores a $65.891.000 pesos colombianos.
- Personas cuyas consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras hayan sido superiores a $65.891.000 pesos colombianos.
Así se aplica sin salirse de la norma
Las donaciones no son deducción ni renta exenta; dan derecho a un descuento del 25% del valor donado si la entidad cumple los requisitos del régimen especial. No suma al límite de deducciones, pero sí reduce el impuesto a pagar.
Algunas consideraciones a tener:
- Si tiene varios dependientes, use el artículo 387 para uno (hasta 384 UVT) y complemente con el 336 para otros (72 UVT cada uno, hasta cuatro).
- Conserve los valores en UVT de 2024 al liquidar 2025 y respete el tope global de beneficios de 1.340 UVT.
- La DIAN validará que las cifras coincidan con sus movimientos y con los topes publicados.