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Miles de pensionados en Colombia desconocen que existen obligaciones específicas que deben cumplir para mantener activo el pago de su mesada pensional. La suspensión del beneficio puede ocurrir de manera temporal o definitiva según la gravedad de la situación. Estas medidas buscan proteger la integridad del sistema y evitar pagos indebidos a beneficiarios que ya no cumplen con los requisitos establecidos.

Colpensiones notifica a los afectados cuando detecta situaciones que ameritan verificación. La entidad advierte que el desconocimiento de estas obligaciones no exime a los pensionados de cumplirlas. El sistema de seguridad social colombiano tiene mecanismos de control que permiten identificar inconsistencias en la información reportada por los beneficiarios.

Cuándo suspenden el pago de una pensión

La principal causa de suspensión es no cumplir con la actualización periódica de datos en caso de pensión de invalidez. Según la Ley 100 de 1993, los beneficiarios de este tipo de pensión deben someterse a revisiones médicas cada tres años para verificar si la condición que originó el beneficio persiste. Cuando Colpensiones envía la notificación, el pensionado dispone de tres meses para completar el trámite de validación.

Si el pensionado no asiste a la revisión médica o no presenta los informes requeridos, el pago se suspende de manera automática. La entidad explicó que esta medida no busca castigar al beneficiario sino prevenir pagos indebidos cuando ya no existe la condición de invalidez. Los meses en que estuvo detenido el pago no se reconocen de manera retroactiva, lo que representa una pérdida económica directa. Si la ausencia se prolonga por más de 12 meses sin justificación, Colpensiones puede declarar la prescripción y cancelar definitivamente el beneficio.

Colpensiones: el motivo por el que pueden suspender el pago de la mesada. Imagen: Grok.
Colpensiones: el motivo por el que pueden suspender el pago de la mesada. Imagen: Grok.

¿Qué actividades son incompatibles con la pensión?

Desarrollar actividades laborales incompatibles con la condición de invalidez reportada constituye otro motivo de suspensión. El sistema está diseñado para proteger a quienes no pueden trabajar por motivos de salud. Si las revisiones determinan que la persona ha recuperado su capacidad laboral o realiza trabajos que demuestran que su pérdida de capacidad laboral es inferior al 50%, la pensión se retira de inmediato.

Otras actividades que pueden conducir a la suspensión incluyen participar en deportes de alto riesgo o realizar labores que exijan un esfuerzo físico o mental que contradiga el estado de salud reportado. La Ley 361 de 1997 establece que las personas con discapacidad que reciben pensión pueden trabajar sin perder el beneficio, siempre que no implique doble asignación del tesoro público. Sin embargo, esta regla aplica principalmente para empleos del sector privado, mientras que en el sector público existe prohibición constitucional de recibir dos pagos simultáneos del Estado.

Fraude y reporte de ingresos adicionales

El no reportar ingresos adicionales obtenidos por otras actividades laborales o económicas constituye una causal grave que puede derivar en la suspensión o revocación del beneficio. Si Colpensiones detecta que un afiliado obtuvo la pensión mediante engaño, falsificación o cualquier acto fraudulento, puede revocar el reconocimiento y exigir la devolución de todas las sumas pagadas indebidamente.

La Fiscalía General de la Nación ha desmantelado redes dedicadas a la adulteración de historias laborales y la falsificación de documentos para simular condiciones de invalidez inexistentes o inflar ingresos. El sistema de seguridad social cuenta con mecanismos de control que cruzan información con otras entidades para detectar inconsistencias. A junio de 2025, Colpensiones protege a un total de 1.800.506 personas pensionadas, de las cuales aproximadamente el 7% corresponde a pensiones por invalidez que están sujetas a las revisiones periódicas obligatorias.