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En Colombia, un número significativo de trabajadores cumple con los requisitos de edad y semanas cotizadas para acceder a la pensión. Sin embargo, se ven obligados a enfrentar prolongados períodos de espera para que se les reconozca formalmente este derecho. Durante este lapso, no siempre reciben pagos, bonificaciones o mesadas, lo que puede ocasionar una considerable pérdida económica.
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Es importante destacar que existe una figura legal conocida como retroactivo pensional, que permite a los trabajadores reclamar las mesadas que no han percibido desde el momento en que cumplieron los requisitos de jubilación hasta que se les otorgue efectivamente el beneficio.

Este procedimiento está amparado por la ley y puede representar una suma considerable para aquellos que lo solicitan correctamente.
Todo sobre el retroactivo pensional: ¿quiénes pueden reclamarlo?
El retroactivo pensional, entregado por Colpensiones, constituye un derecho legal que faculta a los trabajadores colombianos a recibir el abono de todas las mesadas pensionales que no percibieron desde el momento en que cumplieron los requisitos para jubilarse, tanto en términos de edad como de semanas cotizadas, hasta la fecha en que se les reconoció efectivamente la pensión.
De acuerdo con la normativa vigente, las mujeres pueden acceder a la jubilación a los 57 años, siempre que cuenten con al menos 1.275 semanas cotizadas en 2025, mientras que los hombres deben alcanzar los 62 años y 1.300 semanas. En caso de que una persona haya cumplido con estos requisitos y el proceso de reconocimiento de la pensión haya sufrido demoras, tiene el derecho de exigir el pago de los meses no abonados durante dicho periodo.
Guía para solicitar el retroactivo pensional: documentación necesaria
Para reclamar este beneficio, el solicitante debe completar un formulario específico proporcionado por la administradora de pensiones y anexar los documentos requeridos: copia del documento de reconocimiento de la pensión, historia laboral y cédula de ciudadanía. La administradora tiene un plazo de un mes para revisar la solicitud y, en caso de ser procedente, ordena el pago de las mesadas atrasadas.

El Ministerio de Justicia aclara que este trámite no tiene costo y no requiere la intervención de un abogado. No obstante, si la entidad niega el retroactivo, el ciudadano tiene la opción de acudir al juez laboral y solicitar el pago por vía judicial, garantizando así el acceso a un ingreso justo. Esto es especialmente relevante para aquellos que han enfrentado demoras administrativas que impactan su estabilidad financiera en la vejez.









