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La Corte Constitucional emitió una advertencia sobre prácticas de algunos fondos de pensiones que imponían requisitos excesivos para reconocer prestaciones. El Gobierno de Colombia respondió con medidas destinadas a limitar cuándo pueden retener las entidades financieras sobre la pensión por sobrevivientes.

La resolución que motivó el debate partió del caso de un menor que fue privado del acceso a la pensión por trámites administrativos. El fallo T-378 de 2025 puso el foco en la protección de derechos fundamentales como la seguridad social y el mínimo vital.

La Corte ordenó a las administradoras flexibilizar exigencias cuando estén en juego los intereses de niños, niñas y adolescentes, y subrayó que no pueden imponerse condiciones extralegales para negar o demorar la pensión de sobrevivientes.

Qué cambia en la práctica

Con la nueva directriz, los bancos y entidades no podrán capturar o embargar sumas que hagan imposible cubrir necesidades básicas: alimentos, servicios, educación y salud. El Gobierno estableció topes y criterios claros para garantizar que los procesos de cobro no anulen la protección constitucional del mínimo vital.

Las entidades financieras no podrán presentar obstáculos para que estos menores obtengan recursos básicos.
Las entidades financieras no podrán presentar obstáculos para que estos menores obtengan recursos básicos.

Esto implica que, frente a órdenes de retención, se priorizará la garantía de subsistencia del deudor y de sus dependientes. Además, las entidades deberán revisar sus protocolos para no condicionar el acceso a prestaciones por requisitos documentales que ya están en trámite ante autoridades competentes.

Entre las medidas más relevantes se destacan:

  • Límites claros a las retenciones bancarias, para evitar que se embarguen fondos destinados a cubrir el mínimo vital.
  • Protección prioritaria a menores y adultos mayores, considerados población vulnerable por la Corte.
  • Supervisión activa de la Superintendencia Financiera y la DIAN, que tendrán la tarea de verificar que los bancos cumplan las nuevas reglas.
  • Sanciones económicas a las entidades infractoras, que impongan requisitos adicionales o apliquen retenciones indebidas.

Impacto en familias y pensionados

Para familias como la de Francisco, el caso que motivó la sentencia, la medida evita que formalismos administrativos bloqueen recursos vitales. La decisión protege especialmente a menores y personas en situación de vulnerabilidad, cuyos derechos deben prevalecer sobre criterios estrictamente bancarios.

Los operadores financieros tendrán que ajustar sus sistemas de retención y embargos, al tiempo que la Superintendencia Financiera y la DIAN refuerzan controles para verificar cumplimiento y sancionar abusos.

Qué deben hacer los ciudadanos

Los usuarios deben conservar documentos, ejercer sus derechos y, en caso de irregularidades, presentar tutelas o quejas ante las autoridades competentes. Las organizaciones de consumidores también anuncian campañas informativas para explicar cómo funciona el límite a embargos.

La orientación oficial busca equilibrar la exigencia de los acreedores con la protección de la dignidad humana: asegurar que nadie pierda lo mínimo para vivir mientras se respetan las obligaciones legales.