

Una decisión judicial puso un nuevo límite a la estrategia de bombardeos impulsada por el Gobierno de Abelardo De La Espriella contra estructuras armadas ilegales en el país. La medida ordena suspender temporalmente este tipo de operaciones cuando exista información que permita prever la presencia de menores de edad en los objetivos.
El Juzgado 34 de Familia de Bogotá adoptó la medida cautelar después de admitir una acción de tutela presentada en defensa de menores reclutados o utilizados por grupos armados. La determinación se conoce luego de que Medicina Legal confirmara la muerte de tres menores en un bombardeo realizado el 27 de agosto en zona rural de El Retorno, Guaviare.
¿Qué ordenó la justicia sobre los bombardeos?
La medida establece que la Presidencia, el Ministerio de Defensa y las Fuerzas Militares deberán abstenerse de ejecutar operaciones aéreas ofensivas contra objetivos donde exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la posible presencia de niños, niñas o adolescentes.
La suspensión tendrá carácter provisional mientras se resuelve de fondo la acción de tutela. Antes de realizar una operación, las autoridades deberán adoptar y verificar las medidas necesarias para proteger a los menores y establecer si existe una alternativa menos lesiva para alcanzar el objetivo militar.
La decisión también exige tener en cuenta los principios de distinción, precaución y proporcionalidad, además de las obligaciones constitucionales e internacionales relacionadas con la protección de los menores en contextos de conflicto armado.
La decisión llega después del bombardeo en Guaviare
El antecedente inmediato es la Operación Amón, ejecutada el 27 de agosto en una zona rural de El Retorno contra una estructura armada ilegal. Después del operativo fueron trasladados varios cuerpos a laboratorios forenses para establecer sus identidades.
Medicina Legal confirmó posteriormente que entre las víctimas había tres menores de edad. El hecho generó cuestionamientos sobre las condiciones bajo las cuales se planeó y ejecutó la operación, especialmente frente al deber de las autoridades de proteger a niños y adolescentes reclutados por grupos armados.
El Ministerio de Defensa, por su parte, ha sostenido que el objetivo de la operación era una estructura armada ilegal y que los menores vinculados al caso estaban siendo utilizados por estas organizaciones. La controversia judicial se concentra precisamente en las medidas de precaución que deben adoptarse cuando exista información previa sobre su posible presencia.
¿Cuándo quedan prohibidos los bombardeos?
La orden judicial no establece una prohibición absoluta de todos los bombardeos. El límite opera cuando las autoridades cuentan con información que permita advertir razonablemente que en el objetivo pueden encontrarse menores de edad reclutados o utilizados por grupos armados.
En esos casos, la Fuerza Pública deberá evaluar primero las alternativas disponibles y determinar si existe una opción operacional menos lesiva que permita cumplir con el objetivo militar legítimo.
La decisión busca evitar que los menores sean afectados durante operaciones contra estructuras ilegales y permanecerá vigente mientras avanza el proceso judicial iniciado mediante la tutela.
El Gobierno enfrenta un nuevo límite a su estrategia de seguridad
La medida representa un nuevo desafío para la política de seguridad de De La Espriella, cuya administración ha planteado una ofensiva contra los grupos armados ilegales mediante operaciones militares y bombardeos.
En sus primeras semanas, el Gobierno realizó operaciones aéreas en zonas como Catatumbo y Guaviare. La muerte de menores en algunos de estos procedimientos elevó la presión judicial y política sobre la estrategia, al tiempo que abrió una discusión sobre los límites de las operaciones militares frente a las obligaciones de protección de la niñez.
Mientras la tutela avanza hacia una decisión de fondo, las autoridades deberán ajustar sus procedimientos a la medida cautelar y demostrar que, cuando exista riesgo para menores, se adoptaron las precauciones necesarias antes de ejecutar un ataque aéreo.











