

El Gobierno de Colombia avanzará en 2026 con la etapa final de la reducción de la jornada laboral semanal, un cambio que fue definido por la Ley 2101 de 2021 y que se aplica de manera gradual desde hace varios años. La medida no implica recortes salariales ni pérdida de derechos para los trabajadores.
Con este ajuste, el país completará el proceso de disminución del tiempo máximo de trabajo, una política que busca mejorar el equilibrio entre la vida personal y laboral, sin alterar las condiciones contractuales vigentes.
A medida que se acerca el nuevo año, empleados y empleadores comienzan a revisar cómo quedará organizada la jornada semanal y cuántas horas deberán cumplirse a partir de la entrada en vigencia del último tramo del cronograma oficial.
¿Cuántas horas se trabajarán desde 2026 en Colombia?
Según lo establecido por la normativa laboral vigente, desde julio de 2026 la jornada laboral máxima en Colombia quedará fijada en 42 horas semanales. Este será el límite definitivo previsto por la ley y marcará el cierre del proceso de reducción progresiva.

La disminución del horario no afecta el salario mensual ni los beneficios legales, ya que el cambio se enfoca exclusivamente en el tiempo de trabajo y no en la remuneración.
Esta regulación aplica tanto para el sector público como para el sector privado, y mantiene la obligación de respetar los descansos legales y las condiciones pactadas en cada contrato.
Cómo fue el proceso de reducción de la jornada laboral
La Ley 2101 definió una implementación escalonada para facilitar la adaptación de las empresas y los trabajadores. El cronograma se desarrolló de la siguiente manera:
- 2023: jornada máxima de 47 horas semanales
- 2024: reducción a 46 horas
- 2025: límite de 44 horas semanales desde julio
- 2026: jornada definitiva de 42 horas semanales desde julio
Este esquema fue acordado en el marco del diálogo entre el Gobierno, los empleadores y los gremios, con el objetivo de evitar impactos negativos en la operación de las compañías.
Cómo se pueden distribuir las 42 horas semanales
La legislación permite que las 42 horas se distribuyan en cinco o seis días a la semana, siempre que exista acuerdo entre el empleador y el trabajador y se garantice al menos un día de descanso obligatorio.
Además, la norma habilita la organización de turnos sucesivos, de forma temporal o permanente, siempre que cada turno no supere las seis horas diarias ni las 36 horas semanales, en los casos previstos por la ley.
Esta flexibilidad busca que las empresas ajusten sus esquemas de trabajo según sus necesidades operativas, sin desconocer los límites legales.

Excepciones y condiciones especiales previstas por la ley
La normativa contempla situaciones particulares en actividades consideradas insalubres o peligrosas, donde el Gobierno puede ordenar una reducción adicional de la jornada, con base en estudios técnicos.
En el caso del trabajo adolescente, se mantienen restricciones específicas:
- Jóvenes entre 15 y 17 años: hasta seis horas diarias y 30 horas semanales, con límite hasta las 6:00 p. m.
- Mayores de 17 años: hasta ocho horas diarias y 40 horas semanales, con jornada permitida hasta las 8:00 p. m.
Estos límites continúan vigentes y no se modifican con la reducción general de la jornada laboral.









