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Los conductores mayores de 65 años en Colombia deben prepararse adecuadamente antes de la expiración de su licencia de conducción. La normativa vigente impone la obligación de demostrar aptitud física, mental y de coordinación motriz a través de un examen efectuado en un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) autorizado.

En paralelo, el Ministerio de Transporte ha establecido, mediante la Resolución 217 de 2014, las directrices para la expedición de estos certificados de aptitud, así como los diversos aspectos que se evalúan (visión, audición, coordinación motriz, condiciones físicas y mentales, entre otros). Esta exigencia se aplica a todos los conductores y adquiere una importancia particular en edades avanzadas, dado que los períodos de vigencia son más reducidos.

Si el certificado no se encuentra registrado en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), la autoridad competente no podrá efectuar la renovación del documento correspondiente. Esta información es confirmada por las guías oficiales de la Alcaldía de Bogotá y la Ventanilla Única de Servicios, las cuales también verifican el cumplimiento del requisito de estar a paz y salvo por multas.

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Certificado en el RUNT: cómo obtenerlo para la renovación

Es fundamental tener en cuenta un aspecto operativo a menudo desestimado: el certificado médico tiene una vigencia máxima de 6 meses; si transcurre este período sin completar el trámite, será obligatorio repetir los exámenes.

Para llevar a cabo la renovación, la entidad de tránsito verifica en el RUNT que usted disponga de un certificado vigente de examen físico, mental y de coordinación motriz emitido por un CRC y registrado a través del sistema SICOV. En caso de que el certificado no esté cargado o haya expirado, la solicitud será inferior. Además, es imprescindible estar inscrito en el RUNT, presentar su documento y no tener comparendos pendientes (o disponer de un acuerdo de pago).

Se despide la licencia de conducir para mayores de 65 años: nuevos requisitos en Colombia (foto: Representación creada con IA).
Se despide la licencia de conducir para mayores de 65 años: nuevos requisitos en Colombia (foto: Representación creada con IA).Shutterstock

Renovación después de los 65: ¿cada cuánto y cuándo es anual?

Servicio público (C):

  • Menores de 60 años: cada 3 años.
  • Mayores de 60 años: anual.

Servicio particular (A y B):

  • Menores de 60 años: cada 10 años.
  • Entre 60 y 80 años: cada 5 años.
  • Mayores de 80 años: anual.

No existe una “edad límite” que obstaculice la renovación de manera unilateral; lo crucial radica en cumplir con la aptitud médica y la periodicidad que se establece.

Revisarán auto por auto y cancelarán las licencias de conducir de quienes no lleven este elemento en la guantera (foto: Pixabay).
Revisarán auto por auto y cancelarán las licencias de conducir de quienes no lleven este elemento en la guantera (foto: Pixabay).

Guía 2026: trámites y costos para no perder tu licencia

  • Agende su cita en la Ventanilla Única de Servicios (Bogotá) o en el organismo de tránsito de su municipio.
  • Cancele los derechos del trámite.
  • Realícese el examen en un CRC autorizado y confirme que el resultado quedó registrado en el RUNT.
  • Verifique que no tenga multas pendientes.
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¿Qué evalúa el examen médico y cómo puede frenar la renovación?

En síntesis, para los individuos mayores de 65 años, la vinculación de la licencia culmina cuando no se verifica la aptitud médica, lo cual implica que el certificado no se registra en el RUNT. Siempre que el examen se realice dentro del periodo establecido, la renovación continúa siendo viable dentro de los términos legislativos.

La Resolución 217 de 2014 establece el marco técnico para la realización de exámenes y la emisión del certificado correspondiente. El CRC lleva a cabo la tarea de verificar que el conductor posea condiciones físicas, mentales, sensoriales y de coordinación adecuadas para la conducción segura.

En caso de resultados que indiquen una condición no apta, el sistema impedirá la renovación hasta que se satisfagan las condiciones que el profesional indique, lo que puede incluir tratamientos, ayudas ópticas o auditivas, o cualquier otra medida que se considere necesaria.