El Departamento de Estado de Estados Unidos habilita a ciudadanos mexicanos a cruzar la frontera terrestre mediante un documento que reemplaza el trámite tradicional de visa. La Border Crossing Card (BCC) funciona como tarjeta de cruce y visa de visitante al mismo tiempo.
La medida no es reciente: su base legal está en la Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad del Inmigrante de 1996. El trámite se realiza exclusivamente en la embajada y los consulados de Estados Unidos en México.
¿Qué es la Border Crossing Card y cuáles son los requisitos para tramitarla?
La BCC, identificada oficialmente como formulario DSP-150, es una tarjeta plastificada del tamaño de una tarjeta de crédito con tecnología de seguridad avanzada. A diferencia de una visa tradicional estampada en el pasaporte, funciona como documento de identidad y autorización de ingreso en un solo soporte.
El trámite tiene un costo de 185 dólares para solicitantes de 15 años o más, con descuentos para menores cuyo padre o tutor ya cuente con la tarjeta. Una vez aprobada, tiene una validez de diez años.
Para acceder a la tarjeta, el Departamento de Estado exige aprobar una entrevista consular —la prueba que determina el acceso al beneficio— además de cumplir con estas condiciones:
- Ser ciudadano y residente de México
- Contar con pasaporte mexicano vigente
- Cumplir con los requisitos de elegibilidad de una visa B1/B2
- Demostrar vínculos con México que garanticen el regreso tras la estadía
¿Cómo cambia el cruce por la frontera terrestre con esta tarjeta?
Con la BCC, los titulares pueden ingresar a Estados Unidos por tierra sin necesidad de tramitar el formulario I-94, siempre que permanezcan dentro de la franja fronteriza autorizada. Esa zona varía según el estado: 25 millas en Texas y California, 55 en Nuevo México y 75 en Arizona.
La estadía dentro de esa franja está limitada a 30 días. Para viajes más largos o fuera de la zona permitida, es necesario solicitar el I-94 en el propio puerto de entrada. La tarjeta no habilita el ingreso por vía aérea, y en cada cruce terrestre los oficiales de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) definen la autorización final.