El gobierno de Estados Unidos confirmó el fin de un beneficio que, hasta ahora, permitía a muchos inmigrantes seguir trabajando mientras esperaban la renovación de su permiso de trabajo.
A través de una regla final publicada por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y aplicada por USCIS, se eliminó la extensión automática de hasta 540 días que se activaba al presentar la renovación del documento de autorización de empleo (EAD). El cambio es de peso para quienes dependen de ese permiso para trabajar, porque afecta la continuidad de su autorización.
Confirmado por USCIS: se termina la extensión automática de hasta 540 días del permiso de trabajo
Hasta ahora, cuando una persona presentaba a tiempo la renovación de su permiso de trabajo, su autorización se extendía de manera automática por un período de hasta 540 días mientras USCIS resolvía el trámite. Eso le permitía seguir trabajando sin interrupción aunque el documento venciera. Con la nueva regla, esa prórroga automática deja de aplicarse: la autorización de empleo ya no se extiende sola por el hecho de haber presentado la renovación.
La regla final se publicó el 14 de octubre de 2026 y ratifica, sin cambios, una regla interina que ya regía desde octubre de 2025. En términos formales, incorpora una disposición que establece que un EAD vencido o próximo a vencer no se extenderá automáticamente por una renovación presentada en o después del 30 de octubre de 2025, salvo que otra ley o un aviso oficial dispongan lo contrario.
Presentar la renovación ya no garantiza, por sí solo, seguir trabajando mientras se procesa el trámite. Si hay demoras en USCIS, puede generarse un período sin autorización de empleo.
Qué deben hacer quienes renuevan
La recomendación central, ante este cambio, es anticiparse. Algunos puntos prácticos:
- Presentar la renovación lo antes posible, dentro del plazo que permite USCIS para hacerlo antes del vencimiento (en general, hasta 180 días antes), para reducir el riesgo de quedar sin autorización.
- Revisar con tiempo la fecha de vencimiento del EAD y los plazos de procesamiento, para planificar en consecuencia.
- Verificar si se cuenta con otra base de autorización para trabajar que no dependa del EAD vencido.
- Ante dudas sobre la categoría o la situación particular, consultar a un abogado de inmigración antes de que venza el permiso.
- Del lado de los empleadores, conviene llevar un registro de los vencimientos de los EAD y contemplar la posible necesidad de reverificar la autorización de empleo (formulario I-9).