En un mundo donde la economía global y la mayoría de las naciones se rige por los principios de la libertad económica y las prácticas del capitalismo, resultaría más que obvio que cualquier iniciativa tendiente a fomentar el desarrollo y fortalecer el mercado de capitales debería ser recibida con particular interés y entusiasmo por los principales actores del medio.
Sin embargo, no parece ser esa la opinión que prevalece en el medio local respecto del proyecto de ley remitido al Congreso, con el declarado propósito de: (1) ampliar la base de recursos para las grandes inversiones que el país requiere, (2) regular y monitorear el funcionamiento de las empresas privadas que acuden al mercado público en búsqueda de fondos, (3) sancionar aquellas conductas que se desvían de los dictados de los reglamentos y generen perjuicios a los inversores y (4) ampliar la protección para beneficio de los pequeños inversores y accionistas minoritarios.
Los puntos 2 y 3 los viene cumpliendo la CNV, aunque en opinión de los expertos y conocedores del medio, con una actuación poco lucida. El mercado de capitales viene padeciendo un permanente achicamiento, fruto de sucesivas políticas y/o medidas desacertadas aplicadas durante el pasado medio siglo. Circunscribiéndonos al pasado inmediato, el valor total del capital de las empresas que cotizan en el mercado asciende actualmente a poco más de u$s 29.000 millones, considerando el tipo de cambio oficial. Aún así calculado, este monto es un 13% inferior al que tenía el mercado en 2001, aunque en ese entonces con un mayor número de empresas que cotizaban sus acciones en la Bolsa. El texto de la norma proyectada aparece sobrecargada de vistos y considerandos de esmerada prosa tras la que se esconde cierto vacío en materia de estrategias conducentes o medidas concretas para subsanar el déficit que la norma propone corregir. Los mercados de capitales de casi todo el mundo, adolecen de ciertas fallas que no son exclusivas de la actividad de intercambio financiero o del ámbito especulativo. La información asimétrica, el elevado grado de segmentación, los elevados costos de emisión y de intermediación para la entrada y salida, no son exclusivos de los mercados de intermediación financiera, aunque ciertamente, algunas cuestiones técnicas, un vocabulario con pretensiones de mayor sofisticación y el cálculo complejo de algunas transacciones suelen parecer incomprensibles para el gran público. Pero se trata de la misma indefensión que enfrenta cualquier hijo de vecino a la hora de decidir la compra de una aspiradora, un toma corriente con llave combinada ó una crema para revitalizar un cutis ajado. Los conocimientos de uno son casi siempre vagos, limitados e imprecisos frente al aparente o verdadero saber de quién nos aconseja el mejor producto o servicio a ser adquirido. Ni hablar cuando se trata de inversiones mayores como la construcción de una vivienda o la compra de un automóvil de características especiales.
En el mercado de capitales, cierta protección del consumidor siempre quedaría garantizada desde que las transacciones se realizan a través de un agente especializado cuyo primer y principal deber es defender los intereses del cliente. Y se supone que el intermediario está suficientemente capacitado y entrenado para suplir las deficiencias de información y conocimiento que tiene el ciudadano de a pie y de esa manera equilibrar en buena medida el desconocimiento del público sobre la operatoria y los riesgos.
El extenso texto abunda en definiciones y aspectos reglamentarios muchos de los cuales ya eran de aplicación o se hallan contenidas en otras normas. Escasea, en cambio, la atención a mecanismos e incentivos que ayuden a ir conformando un amplio y sólido mercado al que puedan acceder las empresas y el sector público para financiar sus proyectos, dentro de un marco competitivo sujeto a parámetros técnicos y evaluados con criterio profesional.
Tradicionalmente la mayor parte de las inversiones en las empresas nacionales se han financiado con una elevada proporción de deuda en lugar de aportes de capital, propio ó de terceros. Ventajas tributarias, riesgo cambiario, reglas cambiantes, superposición de impuestos, inclinan a muchos inversores financiar los emprendimientos con deuda en lugar de abrir el capital a nuevos socios. Una transformación productiva acompañada con importantes inversiones en infraestructura requiere de una normativa algo más proactiva en la consecución de esos objetivos y nada mejor que una ley marco para darle cabida y seguridad jurídica.
La misma carencia se advierte respecto del reiterado propósito de facilitar el ingreso de pequeñas y medianas empresas al ámbito del mercado de valores. Hasta ahora los pocos instrumentos utilizados -el descuento de cheques diferidos, fideicomisos y alguna obligación negociable de corto plazo- resultaron insuficientes para una demanda que apenas recurre en menos de un 30 % al mercado financiero institucional para ampliar su capacidad productiva, según lo constata el Observatorio Pyme. Ninguna precisión técnica ni definición conceptual aparece por el lado de necesaria simplificación de trámites y requerimiento informativo para facilitar el acceso a una operatoria que resulta de vital importancia para contar con los recursos para financiar cambios de escala o nuevos emprendimientos. Tampoco se esbozan directrices tendientes a generar nuevos sistemas informativos y de contralor, hoy de fácil aplicación por la existencia de poderosas herramientas de información y comunicación.
Criterios parecidos se exponen con aquellas instituciones públicas o privadas que tendrán a su cargo evaluar el riesgo asociado a cada nueva emisión o emprendimiento por el que se solicita alguna modalidad de endeudamiento o aporte de capital.
La ley no modificará en demasía la situación vigente, mientras pervivan reglas y prácticas que no concurren al objetivo de promover y facilitar el proceso inversor. La deliberada ausencia de mecanismos de ajuste por inflación en el cálculo del impuesto a las ganancias, el intento de gravar con nuevas tasas municipales o impuestos provinciales lo que ya se encuentra gravado en otras instancias o jurisdicciones, son algunas de las más evidentes. Pero podría sin embargo, constituirse en un disparador de nuevas transformaciones si logra dar soluciones equilibradas a los intereses de quienes confían sus ahorros al sistema y quienes los toman para volcarlos a la actividad productiva.