El histórico nivel alcanzado por la presión tributaria, acompañado por un creciente nivel de conflictividad en la relación con los Fiscos nacional, provinciales y municipales, hace indispensable analizar de qué modo las organizaciones administran sus obligaciones.

Así, el alcance de las responsabilidades del ejecutivo a cargo de esta función ha cambiado. Hoy resulta claro que aquel debe mantener contacto permanente con el Directorio, que suele formularle una pregunta ya casi clásica: ¿Cómo podría impactar en el futuro seguir el camino que Ud. propone, en términos de riesgo reputacional para nuestra empresa?

Es que la atención social respecto a cómo las compañías pagan sus impuestos ha cambiado dramáticamente: el accionar de ciertos grupos de presión y de los medios, la ha transformado en central. Así lo corrobora la experiencia, sobre todo en los países más desarrollados de Europa.

Ese contexto local e internacional, es el que ha llevado a la identificación de un nuevo rol interno: el del responsable del manejo de las controversias tributarias.

Esto es, un profesional que lidere tanto la atención de las inspecciones fiscales desde su inicio mismo como los litigios que se generen, tanto en las etapas administrativas como judiciales. En las empresas internacionales, también se suele incluir la coordinación regional del manejo de controversias, atento al intercambio de información y a la tarea conjunta que pudieran desarrollar las autoridades de los diversos países involucrados.

Así, el manejo de la controversia fiscal ha pasado a ser parte del gobierno corporativo y de la atención de la reputación de la compañía. De este modo, lo relativo a conflictos impositivos comenzó a incluirse en la política comunicacional de las compañías. Ya no sólo es importante referirse al aporte de la empresa en términos de inversión económica, aumento de puestos de trabajo, acciones de responsabilidad social desarrollada, etc., sino que también hace falta una definición estratégica acerca de cómo manejar en los medios las cuestiones relacionadas con estos conflictos.

En este sentido, no parece ser lo más apropiado adoptar una actitud arrogante y negadora, suponiendo que en un tiempo más o menos breve la cuestión se diluirá. Por el contrario, aparece como más conveniente desarrollar una comunicación clara, contundente y en el menor tiempo posible respecto a la posición adoptada por la empresa en el marco de una discusión con las autoridades.

Aquí también cabe exigir del Estado una comunicación responsable que evite en el ánimo de aparecer victorioso en su tarea de contralor, el desprestigio infundado calificando como evasor o simplemente deudor a quien p.ej., esté discutiendo en la Justicia la correcta interpretación de una norma. El buen nombre no puede ni debe ser vulnerado al amparo de la lucha contra la evasión.

Argentina debe recorrer un camino de acercamiento y colaboración entre las autoridades fiscales y los contribuyentes de modo de mitigar las controversias, identificando mecanismos que permitan resolver las disputas en plazos más cortos a los que demandan actualmente y que resulten adecuados al contexto de seguridad jurídica que necesitamos reconstruir.