

El Anteproyecto de Código Penal enviado al Poder Ejecutivo para su análisis y posterior envío (con o sin modificaciones) al Congreso Nacional, parece ser rechazado por un sector de la ciudadanía, bajo el argumento de que su composición es mayormente a favor de los delincuentes. Sin embargo, las posiciones fundadas en frases hechas vacías de contenido como decile no a un código penal a favor de los delincuentes y en contra de las víctimas, no hace más que confundir a la ciudadanía y evitar un justo y necesario debate sobre los puntos más candentes de la reforma penal puesta en marcha; ejemplo, el asunto de reincidencia, las penas alternativas a la prisión, la responsabilidad penal de las personas jurídicas, entre otros. Tampoco son moderados los supuestos enfrentamientos ideológicos fundados en tildes antagónicas tales como garantismo vs. mano dura o bien pro delincuente vs. pro víctima; se tratan de simples etiquetas que ahuyentan, insisto, el sincero y frontal intercambio de ideas.
Es que el borrador de un nuevo código penal proyectado por un grupo de juristas y legisladores de distintos partidos políticos tiene, como toda elaboración legislativa e integral de semejante tamaño, sus puntos positivos y otros negativos. Dentro de los aspectos aceptables se encuentra, por ejemplo, la eliminación del delito anti-terrorismo y entre los negativos se observa la disminución de las penas para delitos sensibles como el tráfico de menores o el suministro de estupefacientes. Lo expuesto significa, que el contenido del Anteproyecto de Código Penal no es del todo reprochable, ni del todo aceptable. Justamente por eso se denomina Ante-proyecto: porque está sujeto a modificaciones por parte de los futuros interlocutores públicos (Poder Ejecutivo o Legislativo) o privados (universidades o academias) que tomen contacto con aquel documento inicial para su nueva revisión y análisis.
Por los argumentos expuestos, no parece recomendable la idea de echar mano a los mecanismos de consulta pública obligatoria que estipula el artículo 40 de la Constitución Nacional. Una convocatoria popular y vinculante, tal cual la propone algún sector político y académico, para decidir en bloque sobre el futuro del Anteproyecto de Código Penal, elimina per se el debate sereno y desapasionado sobre los puntos que se creen positivos y negativos de aquella extensa propuesta legislativa. Puesto de otro modo, el llamado a plebiscito público bajo el lema de Sí o No a la reforma penal, trae aparejada una evidente contradicción o paradoja en su argumentación: por un lado, se pretende convocar al pueblo para que decida sobre la conveniencia de modificar el digesto penal, pero, por otro lado, este mismo procedimiento le quita a la ciudadanía su derecho a debatir, a través de sus representantes y especialistas, sobre la necesidad de contar con un nuevo y armónico ordenamiento penal. Debe destacarse que el código vigente es de 1921 y desde entonces sufrió más de 950 modificaciones parciales que afectan su integración y orden. Justamente, uno de los méritos de la Comisión de Elaboración del Anteproyecto de Código Penal fue la de reordenar en un solo texto las normas penales que se encuentran dispersas en más de 100 leyes especiales.
Hay que seguir debatiendo la reforma penal puesta en marcha. Hay que seguir apostando, en definitiva, a la construcción de un nuevo Código Penal que permita pensar que todavía podemos ponernos de acuerdo en cómo salvaguardar valores jurídicos de toda sociedad, tales como la vida, la propiedad o la paz social, que se ven acechados por la delincuencia cada día más violenta y organizada.
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